Si usted ya posee su establecimiento es bastante probable que necesite un punto de venta.
Y puede elegirlo del banco BOD, aquí se le explicaran los requisitos necesarios y todo lo que debe saber.
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Qué es un punto de venta
Punto es uno de los términos en el español que poseen diversos significados. Pero aquí no nos referiremos a él como el lugar físico o parte de algo. Aquí nos interesa enlazarlo al término de la venta, la cual es definida en el proceso de vender. O entregar un producto a cambio de un costo determinado por medio de las partes.
Una vez que conozcamos bien estos términos, también podemos elegir referirnos a un punto de venta, para esto existen también dos términos. En el primero se refiere a que cuando una persona desea adquirir un producto o servicio se dirige a un punto de la venta para poder concretar la operación.
Ya que este puede ser el sitio en donde se encuentra un establecimiento fijo, en el que puede adquirir con comodidad ese producto o servicio el cual desea. Mientras que en el segundo de estos casos se refiere a un dispositivo de tipo electrónico, por medio de cual es posible efectuar transacciones monetarias.
En particular realizar el pago por un bien o un servicio haciendo uso de una tarjeta de crédito o débito, de este modo se descontara su dinero. De su cuenta bancaria y acabara por ingresar a la cuenta bancaria del vendedor, así se da como culminada la operación de la compra y la venta.
Estos puntos de venta pueden ser muy útiles a los negocios ya que así los clientes que no posean en dinero en físico igualmente podrán realizar la operación.
Quiénes pueden optar por el servicio de punto de venta BOD
Las personas que pueden optar por la adquisición de los puntos de venta son las siguientes:
- Los establecimientos comerciales, y aquellas personas naturales que posean actualmente firmas personales ya constituidas. Estos puntos de venta podrán ser utilizados con los siguientes bancos o con las tarjetas emitidas con estas empresas /compañías.
- Las tarjetas de Crédito Visa, Master Card, y American Express, pero también con las tarjetas de débito que estén afiliadas a Maestro y a Conexus. De esta manera podrá asegurar que no ocurra ningún inconveniente en el momento de realizar la transacción con su punto de venta.
Evitando que esta no pueda ser realizada o que no funcione en su establecimiento por estos motivos.
Qué debo saber acerca del uso de los puntos BOD
Lo principal que debe conocer para poder utilizar los puntos BOD es lo siguiente:
Como establecimiento usted es el responsable de realizar la solicitud para identificar al cliente.
Esto como una simple medida de prevención para poder evitar que sea utilizada de manera no adecuada.
Ya sea por un familiar o por cualquier otro motivo en el que pueda ocurrir esto.
Y también como establecimiento es usted quien posee la obligación de hacer la entrega del voucher por la transacción del cliente.
O en tal caso de una factura para que de esta manera si ocurriese una equivocación esta pudiese ser corregida lo más pronto posible.
Requisitos para el trámite
Los requisitos para poder adquirir los puntos de venta solo son el abrir la cuenta corriente con el banco y encontrarse realmente afiliado al servicio.
En cambio para poder utilizar el punto de venta solo es necesario que posea una tarjeta activa ya sea de débito o de crédito.
Para este caso no es importante el banco, solo que posea su tarjeta activa.
Ventajas del punto de venta para el comercio
Entre las ventajas que puede obtener al poseer un punto de venta para su comercio se encuentra:
- Podrá permitir que se extienda los servicios en los bancos de forma automatizada que ofrece la institución financiera.
- Poseer un canal el cual le podrá facilitar realizar la recaudación de todas las ventas por su comercio.
- Su comercio le podrá ofrecer mayor cantidad de alternativas en el pago a sus clientes.
- Tendrá la total seguridad de que su comercio tendrá el dinero sin tener que realizar un traslado.
- Este es un servicio que posee su conformación electrónica.
- Podrá contar con uno de los servicios adicionales sin tener que aceptar costos altos para adquirir y mantener estos equipos.
- Estará interconectado con la red maestro y conexus la cual es extensa, durante las 24 horas que tiene el día y todos los días del año.
Ventajas para el tarjetahabiente
Las tarjetas habientes también podrán obtener algunas ventajas, entre los cuales se obtienen los siguientes:
- Podrá manejar sus cuentas sin tener porque dirigirse a cualquiera de las oficinas que posee el banco
- Puede efectuar sus pagos sin tener la necesidad de utilizar cheques o el efectivo.
- Cualquier operación que vaya a ser realizada podrá generarle un comprobante, por medio del cual se podrá obtener el control de las cuentas.
Qué es un asociado BOD
Los asociados de BOD son aquellas personas jurídicas que puedan contar con una comprobado y debida moral además de la infraestructura física.
Con la técnica y los recursos humanos que sean los más adecuados, estos ya han acordado con la entidad bancaria la posibilidad de poder servir a los canales.
Para la distribución de los servicios financieros en general.
Los objetivos que poseen por medio de este nuevo canal en el que se pretende que todas las personas que se ubiquen en cualquier zona.
Puedan obtener los servicios financieros de modo que puedan depositar, abrir cuentas y retirar su dinero.
Si usted desea ser un Asociado BOD debe cumplir los siguientes requisitos:
- Copia de la Cedula de Identidad que poseen los representantes legales de la empresa.
- Fotocopia del RIF que posea la Empresa y de también la de sus representantes legales.
- Copia del Acta constitutiva de la empresa o negocio debidamente registrada con todas las actas de las asambleas.
- Las Referencias Bancarias en caso de que ya las posea y Comerciales.
- Copia de su recibo con alguno de los servicios públicos como lo son el agua, electricidad, teléfono, cable.
- Fotocopia del título de propiedad o contrato de arrendamiento en el local
- Copia de la Apertura de una cuenta tipo corriente BOD a nombre del negocio
- Autorización por parte del propietario para poder ejercer la actividad de uno de los Asociado BOD
- Copia de la última declaración realizada ante el ISLR.
¡Éxito!