Los errores son algo comunes, tanto así, que incluso hay un dicho que dice “errar es de humanos, pero rectificar es de sabios”. Y por eso, precisamente se inventó el Formulario 4949.
Todos, en algún momento de la vida hemos tenido errores, pero sin dudas algunas de las fallas que más aquejan son las que están relacionadas con el dinero.
En este artículo te enseñaremos a ser un poquito más sabio aprendiendo como rectificar esas fallas referentes a los excedentes en el pago de los impuestos al estado nacional.
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Formulario 4949
De todos los errores y fallos que se cometen al llegar a la vida adulta, uno de los más recurrentes (sobre todo para aquellos que no son muy diestros con los números) se da a la hora de tener que sacar las cuentas de cuanto se debe pagar en los impuestos.
Y precisamente se ha previsto esto, creando el formulario 4949.
Si es la primera vez que lo escuchas, una breve descripción es que se trata de la planilla que se debe llenar y entregar para solicitar la devolución de todo lo relacionado con los excesos a la hora de pagar los impuestos.
Qué es y para qué sirve
Es muy probable que todavía haya muchas personas preguntándose para qué sirve y de qué se trata este formulario 4949.
Sin embargo, en este caso sucede justamente eso: cuando se paga de más, se le puede solicitar una devolución al Estado.
El formulario 4949 es una planilla pensada por el Gobierno del Perú.
Es a través de este formulario cuando se permite que le sea otorgada una restitución o una retribución, que haya realizado a la SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria), al contribuyente que ha pagado (en el caso de ser impuestos que se paguen de forma personalizada) o le han cobrado un tributo o multa de manera indebida o en exceso.
Este formulario está estipulado para ser utilizado por cualquier persona, bien sea natural o jurídica siempre que esta cumpla con los requisitos establecidos por la ley.
Una vez sabido qué es, hay que hacer un especial hincapié en su utilización, ya que no sirve para todo tipo de trámite.
Se puede utilizar solamente para aquellos trámites y gestiones en los cuales el gobierno haya cobrado en exceso, casi siempre en caso de multas o impuestos.
Cómo llenar el formulario 4949
Ya muchos se habrán interesado en la idea de que el gobierno les devuelva el dinero que depositaron de forma equivocada.
Sin embargo, es muy probable que también tenga dudas y preguntas sobre como realizarlo. Quizá haya aquellos que piensen que se trata de algo muy complicado de llenar, o que quizá es extremadamente difícil para conseguirlo.
Pero no es en absoluto de la forma que se lo imaginan.
De hecho se trata de un formulario bastante sencillo de completar, pero si tienes dudas o prefieres tener una guía confiable, ¡aquí te dejamos todos los datos de como debes llenar el formulario 4949 para que lo acepten sin ningún tipo de peros y puedas recuperar tu dinero!
- Como siempre lo primero que se encontrará serán las casillas de identificación de la planilla.
En estas se debe colocar apellidos y nombres o razón social, así como el número de teléfono.
- En el siguiente apartado se encuentra el Rubro I, que son los Datos Generales de la Solicitud de Devolución,
Se deberán completar las casillas de identificación de todo lo referente a la devolución.
En la primera de ellas se debe escribir el Tipo de Solicitud Presentada, después colocar el código y el importe solicitado en devolución.
En las siguientes casillas se coloca el número de formulario, de orden y la fecha del período tributario. Al final se encontrará una casilla para colocar los detalles del tributo.
- El siguiente apartado es el del Rubro II, el Documento que Garantiza la Devolución.
Este apartado es para asegurarse de que la devolución sea entregada en el periodo de tiempo estipulado. En la primera casilla de esta se debe colocar de cual tipo de documento se trata, pudiendo ser una Carta de Fianza o una Póliza de Caución.
Después se encuentran las casillas del número del documento y el nombre del emisor, así como la del código del Ente Emisor. Luego se deberá especificar la fecha de emisión y la fecha de expiración, así como el monto del documento. Las últimas dos casillas se repiten, siendo igual que las primeras.
- El próximo apartado, el del Rubro III, es en el que se deberán llenar todo lo referente a las Notas de Crédito Negociables Solicitadas.
Es importante destacar que este apartado solo debe de ser llenado en el caso de haber colocado la opción 2 (Póliza de Caución) en el rubro anterior.
En estas se deberán colocar todos los datos referentes a los créditos negociables solicitados.
- En el último apartado, Rubro IV, el de Detalles para Tipo de Solicitud.
Se deberá completar todos los datos referentes al cheque con el que se pagó el tributo o impuesto.
En este caso solo hay que rellenar dos casillas, la primera de la cuales es el Número de NCN o de Cheque, y la segunda es el importe del mismo. Después se repiten ambas casillas.
Visto a través de esta pequeña guía el formulario 4949 es bastante sencillo de llenar, ¿no es así?
Y para aumentar aún más la comodidad del lector, con solo hacer click aquí podrá acceder a la planilla de muestra oficial del SUNAT.
Como hacer la solicitud de Devolución
Hasta ahora solo se ha hablado del formulario como tal, de qué es y cómo se debe llenar, sin embargo, este no es lo único que se no se pide a la hora de realizar la solicitud para poder hacer la devolución.
También es necesario hacer una carta en la cual se den de forma explícita todos los detalles de las operaciones por las cuales se está haciendo la solicitud de devolución. ¡Aquí te decimos todo lo que debe de llevar!
- La carta debe comenzar identificando a la persona natural, es decir, debe colocar nombre y apellido, número de RUC, domicilio y por último el número del Documento Nacional de Identidad.
- Es en esta carta donde deberá decirse exactamente la fecha en la cual fue hecho el pago, así como también el número del mismo. Es importante que de la misma forma se mencione también cuál fue el proveedor del desembolso.
- Deben mencionar de la misma manera el número del RUC (Registro Único de Contribuyentes) de la persona natural o jurídica bajo la cual se hizo el depósito por el cual se está ahora haciendo la solicitud de devolución.
- Por último hay que decir en la misma carta a cuanto sube el monto (o los montos) que se están pidiendo devolver. Es importante colocar primero por separado cada uno de los valores, con su respectivo RUC, fecha de pago y proveedor.
- Después de hacer esto se debe colocar el sub-total general y por último el total general.
- Al final de la carta se deberá colocar cuáles son los demás documentos que se adjuntan al entregar la misma.
Después todo es cosa de firmar la carta y entregarla en las dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT, en original y copia.
Requisitos
Sin embargo, como todos los trámites del Gobierno, esto aún no ha terminado.
Y es que aún faltan algunas cosas que deben ser entregadas para que la solicitud sea dada en curso legal. Estas cosas son conocidas como requisitos, y si no tienes idea de cuales son, aquí te los dejamos:
- El documento principal que debe ser entregado junto a la carta es por supuesto el Formulario 4949, ya que es el que sustentará la carta que se ha escrito.
- También es necesario adjuntar una Copia de la Declaración Jurada Anual del año en ejercicio, es decir, el año legal en el cual se ha cometido el pago excesivo.
- Otro de los documentos adjuntos debe ser el Certificado de Retenciones, o una copia del mismo.
- El penúltimo documento que se entregará será el del Comprobante de Información Registrada en la Ficha del RUC, en forma de copia si no se tiene el original.
- Y por último (pero no menos importante) el DNI (Documento Nacional de Identidad) en forma de copia, ya que es un documento que piden en todos los trámites legales.
Todos este papeleo es muy fácil de conseguir, ya que la mayoría lo tiene en casa y es solo cuestión de sacarle copia.
Plazos
En cuanto se note el exceso debe iniciarse todo el proceso para pedir la devolución, ya que pasados quince días ya no se podrá hacer.
Después de cuarenta y cinco días de haber iniciado el proceso y si no se ha obtenido respuesta, es posible iniciar un trámite de reclamación.
Como pueden ver, todos los errores es posible enmendarlos y es que con lo relacionado al formulario 4949, el gobierno ha hecho un paso adelante, haciendo más sencilla la forma de hacerlo.