Estos son los Requisitos para Carnet de Extranjería

Si piensas viajar y pasar un tiempo en Perú, debes saber que el carnet de extranjería es el documento nacional de identidad con el cual, cualquier ciudadano extranjero podrá residir en dicho país; eso incluirá también el estar legalmente autorizado para laborar y  aperturar cuentas bancarias en cualquier banco.

Es importante destacar que para realizar un alquiler de viviendas no necesitarás este documento migratorio; así que aquí te dejamos los Requisitos para Carnet de Extranjería!extranjeria peru

El plazo de vigencia del Carnet de Extranjería peruano es de cuatro (04) años para ciudadanos residentes.

En el caso de mayores de edad con calidad migratoria permanente será de 5 años y en caso de menores de edad tendrá 3 años de duración.

Una vez vencido el plazo, el ciudadano extranjero residente deberá solicitar a la autoridad migratoria la renovación del carnet de extranjería.

Las condiciones para obtener el Carnet de Extranjería son las siguientes:

  • Tener la calidad migratoria de residente aprobada.
  • Encontrarse en territorio nacional.

¿Cómo obtener el Carnet de Extranjería en Perú?

Calidad Migratoria

Carnet de Extranjeria

Para poder obtener el carnet de extranjería, en primer lugar se debe tener en cuenta la calidad migratoria del individuo.

Esto debido a que los extranjeros que desean ir al Perú para hacer turismo o realizar actividades distintas tales como negocios, trabajo o inversión, requieren una autorización de ingreso al territorio nacional, temporal o de residente.

Una vez aclarado este punto, el carnet de extranjería peruano únicamente podrá ser emitido mediante las siguientes 2 opciones:

1.- Contraer matrimonio con un ciudadano peruano

2.- Obtener un empleo

Pasos para obtener Carnet de Extranjería

  • Contraer matrimonio con un ciudadano peruano: a través de esta opción no solo se cambia el estado civil del ciudadano sino también su calidad migratoria, en este caso, de turista a familiar residente.
  • Obtener un empleo: esta resulta ser la opción más fácil, sencilla y utilizada por los inmigrantes al Perú, ya que se realiza el cambio de calidad migratoria, en este caso, de turista a trabajador residente.

Permiso Especial para poder firmar contratos

Si se desea obtener un empleo se deberá emitir un permiso denominado Permiso Especial para poder firmar contratos, esto, para poder firmar el contrato de trabajo en la empresa a laborar.

Para ello se debe acudir la Superintendencia Nacional de Migraciones (DIGEMIN) situada en el Distrito de Breña, en la calle España, número 734; se puede asistir sin previa cita presentando los siguientes documentos:

  • Formulario F-004
  • Cancelación del derecho al tramite en el Banco de la Nación (16 soles)
  • Pasaporte Original
  • Tarjeta Andina de Migración (TAM), la cual es proporcionada en el avión al ingresar al Perú

Con el permiso especial para poder firmar contratos ya se podrá laborar en la nación y se procederá a efectuar el cambio de calidad migratoria, a su vez, ya adquirida la visa de trabajador residente se podrá solicitar el Carnet de Extranjería Peruano.

Requisitos Carnet Extranjeria

Cambio de calidad migratoria a trabajador residente

Una vez obtenido el empleo deseado y se firme su respectivo contrato de trabajo, se procederá a hacer el cambio de calidad migratoria a trabajador residente, para esto existen 2 opciones:

1.- Que la empresa sea quien se encargue de recaudar la documentación;

2.- O como es mas común, que el individuo deba realizarlo por sus propios medios.

Ahora bien, independientemente de la manera, los trámites deberán cumplirse a través de las siguientes etapas:

Primera etapa

  • La empresa o compañía en la que labore el ciudadano solicitante deberá presentar el contrato de trabajo ante el Ministerio de Trabajo, esto se realiza para que sea firmado y pueda ser registrado.

Es importante destacar que el contrato debe ser de al menos un año o en su defecto sin período de prueba, conocido como indeterminado.

Segunda etapa

  • A partir de este momento se procederá a tomar la cita y a entregar en la Superintendencia Nacional de Migraciones los siguientes recaudos:
  • Formulario 004
  • Recibo comprobante de pago realizado en el Banco de la Nación por 107,50 nuevos soles, será a partir de este momento donde se podrá solicitar la cita para recopilar la documentación.
  • Fotocopia del pasaporte o documento nacional de identidad (DNI), en cualquiera de los casos deberá estar vigente.
  • Fotocopia del contrato previamente aprobado y legalizado ante un notario. Para realizar el notariado deberá llevarse el contrato de trabajo una vez registrado por la empresa a cualquier notorio de Perú, el costo del mismo es de 50 soles aproximadamente.
  • Ficha RUC de la empresa, que certifique situación del ciudadano como activo y habido, esto quiere decir que la empresa tiene que estar funcionando.
  • Consignar copia del poder como representante legal proporcionado por la empresa.

Tercera Etapa

  • Para poder emitir el carnet de extranjería peruano se debe poseer la denominada “Ficha de Canje Internacional de INTERPOL”, en la cual, para llevar a cabo su trámite  se debe tener un justificante que es proporcionado al momento de entregar todos los documentos antes mencionados ante la DIGEMIN.

Por consiguiente, se deberán consignar los siguientes recaudos:

  • Formulario F-004.
  • Recibo comprobante de pago realizado en el Banco de la Nación por 80 nuevos soles.
  • Pasaporte original vigente y copia del mismo.
  • Justificante de la DIGEMIN.

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Dicha documentación deberá ser entregada en la sede de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL), ubicada en Perú en la Av. Manuel Olguín s/n cuadra 6 (Comisaria de Monterrico), Surco, en el horario de 08:00 a 13:00.

Se debe tener en cuenta que otorgan únicamente 70 citas al día, y además se deberá rellenar una planilla proporcionada en dicha sede. Su número de contacto es +51 1 2790382. TAM Peru

Una vez consignada toda la documentación se debe esperar una semana aproximadamente para poder retirar la Ficha de Canje Internacional de INTERPOL.

La ficha deberá ser consignada en el DIGEMIN, donde luego se deberá esperar cuatro semanas hasta que pueda ser retirado el carnet de extranjería peruano; el estatus de avance de este paso puede ser verificado a través de la página web de migración. (Haz click aquí)

Inscripción y retiro del carnet de extranjería

Este ultimo trámite consiste en la inscripción en el Registro Central de Extranjería y la emisión definitiva del Carnet de Extranjería. Una vez finalizado el tiempo de cuatro semanas le será notificado al ciudadano la culminación del trámite de su carnet de extranjería, en el cual tendrá que dirigirse al DIGEMIN y consignar los siguientes documentos:

  • Formulario F-007-A.
  • Recibo comprobante de pago realizado en el Banco de la Nación por 49.90 nuevos soles.
  • Pasaporte vigente original.
  • Tarjeta Andina de Migración.
  • Ficha de Canje Internacional INTERPOL.
  • Recibo comprobante de pago realizado en el Banco de la Nación por 200 dólares referente al cambio de calidad migratoria.
  • Recibo comprobante de pago realizado en el Banco de la Nación por 15 dólares referente a la Inscripción en el Registro Central de Extranjería.
  • Recibo comprobante de pago realizado en el Banco de la Nación por 20 dólares referente a la Tasa Anual de Extranjería.

Recomendaciones Específicas

Por motivo de robo o extravío

En el caso de pérdida, robo o deterioro del carnet de extranjería, se deberá tener en cuenta lo siguiente:

  • El Residente pierde su condición migratoria si su ausencia del país excediera de Ciento Ochenta y tres (183) días calendario consecutivos o acumulados durante un periodo cualquiera de (12) meses, salvo por razones de fuerza mayor, laborales o de salud debidamente comprobadas, en cuyo caso la ausencia puede extender hasta doce (12) meses previa presentación de solicitud a MIGRACIONES de “Autorización de Ausencia por más de 183 días”.
  • El extranjero Residente pierde su condición migratoria si sale del país con la residencia vencida.
  • El extranjero Residente que abandone el país en forma definitiva, debe efectuar el trámite “Cancelación de Residencia y Ficha Definitiva de Salida”.

Por motivo de calidad migratoria

La Superintendencia Nacional de Migraciones (DIGEMIN) brinda información de iteres en su portal web a los ciudadanos inmigrantes al Perú, donde se les recomienda tener en cuenta las siguientes regulaciones:

Recomendaciones Peru

  • Trabajadores: sólo podrán trabajar en situación de dependencia bajo un contrato de trabajo debidamente aprobado por el Ministerio de Trabajo; salvo las excepciones contempladas en la ley respectiva. Además no podrán girar recibos por honorarios profesionales.
  • Familiares de Residentes: por ser dependientes de ciudadano extranjero, no podrán ejercer actividades remuneradas o lucrativas salvo que soliciten y obtengan cambio a la calidad migratoria habilitante.
  • Estudiantes: no podrán percibir renta de fuentes peruanas con excepción de las provenientes por prácticas profesionales.
  • Religiosos: no podrán ejercer actividades remuneradas o lucrativas salvo que soliciten y obtengan el respectivo permiso en el departamento de migraciones, y sólo en actividades relacionadas a la salud o docencia.
  • Rentistas: no podrán ejercer actividades remuneradas o lucrativas.
  • Inversionistas independientes: estarán habilitados a efectuar inversiones y ser miembro del directorio de su empresa, no podrán trabajar ni efectuar trabajos para terceros sea como dependiente o independiente.
  • Profesionales Independientes: estarán habilitados para ejercer su profesión en forma independiente, a su vez podrán girar recibos por honorarios profesionales.
  • Nacionales argentinos con residencia por Convenio: la residencia otorgada es por dos años, estará sujeto al pago de la Tasa Anual de Extranjería dentro de un periodo de 90 días antes de su vencimiento, deberán obligatoriamente solicitar la residencia definitiva. En caso de no hacerlo perderán su condición migratoria.

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banderas peru

Para cualquier información adicional se recomienda dirigirse a la Gerencia de Usuarios o comunicarse a los teléfonos 200-1002, 200-1003, 200-1004 ó 200-1005.

Bien, estos fueron los Requisitos para Carnet de Extranjería, ¿ya los tienes todos?… Esperamos haberte suministrado toda la información necesaria. ¡Exito!.