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Requisitos para abrir una empresa en Panamá
Para iniciar un negocio en Panamá hay una serie de requisitos que son básicos en relación a la ley panameña y así gozar de la protección necesaria para la inversión que ha sido realizada y limitar los posibles riesgos al mínimo.
En Panamá han ido sistematizándose los trámites para la apertura de negocios desde el año 2005 a través de diferentes reformas fiscales y comerciales. Nos dice Kathia Rivera de Legal Solutions Panamá que no solo la sistematización de los trámites influye sino también la sistematización que utilice el abogado que te asesore en el proceso. Su empresa te ofrece un servicio de precio cerrado: “no hay sorpresas al final del proceso. ¿Quieres abrir una empresa? Te acompañamos y sabes lo que pagarás desde el principio. Tienes un aliado, tus dudas las resolvemos
Los pasos a seguir para abrir un negocio conforme a la normativa establecida son los siguientes (para constituir una Sociedad Anonima):
Constituir este tipo de sociedad tarda en Panamá de 5 a 7 días hábiles.
Dar una ubicación al negocio: Esta ubicación puede ser la propia residencia o un local adquirido especialmente para ser la sede de la entidad y el domicilio fiscal. La ubicación puede ser de propiedad o estar alquilada.
Obtener el Aviso de Operaciones: Este requisito es, para poder iniciar la actividad, la única autorización que el gobierno exige.
Se trata de un trámite rápido y seguro que deberá ser notificado a las autoridades comerciales, a las autoridades fiscales y a las municipales, haciéndolas partícipes de la apertura a operaciones comerciales. De esta forma se evita tener que informar y tramitar independientemente ante el Municipio de Panamá, la Dirección General de Ingresos y el Ministerio de Comercio.
Cuando se obtenga el Aviso de Operaciones el local comercial ya podrá iniciar su actividad comercial y empezar a facturar.
Apertura de una cuenta bancaria: Hay que abrir una cuenta bancaria, trámite que debe hacerse tras haber creado la sociedad y tras haber obtenido el Aviso de Operaciones.
Contratar los Servicios Públicos y Privados: Seguidamente se podrá hacer la contratación de los servicios públicos (agua, luz, teléfono, etc.) y privados (Internet, cable, etc.), pues lo respaldan los documentos de la constitución de la sociedad y el Aviso de Operaciones.
Dar de alta al Personal: El personal contratado debe quedar inscrito en el Ministerio de Trabajo y en la Seguridad Social o CSS. El registro de los contratos de los trabajadores es una protección para la misma empresa; y hay que saber que, a falta de un contrato escrito, el gobierno va a dar por cierto las afirmaciones que hagan los trabajadores. Paralelamente se hace el correspondiente registro en la CSS, tanto de la empresa como de los trabajadores de la misma.
Registrar la empresa en la AMPYME: A continuación debe registrarse la empresa en la AMPYME, Autoridad de La Micro, Pequeña y Mediana Empresa que prescriptivo para los negocios cuya inversión inicial no sea mayor a los US$ 150,000.00. A partir de entonces podrá disfrutar de un incentivo fiscal mediante el cual las primeras dos declaraciones de la renta se exoneran del pago de impuestos, incluso si obtiene ganancias.
Pasos para abrir una empresa en Panamá
Los pasos y requisitos varían cierto grado debido a los diferentes tipos de empresas que pueden crearse y que a continuación señalaremos y explicaremos cada caso por separado y algunos aspectos generales que la Ley señala.
Las sociedades panameñas se pueden constituir en un término de tres a cinco días laborables.
Existen sociedades o corporaciones anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, entre otras figuras jurídicas. Nuestra legislación permite que usted incorpore una sociedad extranjera en nuestro registro público, previo cumplimiento de los requisitos previamente establecidos para tales efectos.
Las sociedades requieren la celebración de un acuerdo entre dos o más personas mayores de edad, quienes deberán suscribir al menos una acción cada uno, sin importar cuál sea su nacionalidad o su domicilio. Este acuerdo debe presentarse ante Notario Público en Panamá, para la confección de la Escritura Pública correspondiente. Luego, esa Escritura Pública deberá ser inscrita en el Registro Público de Panamá.
El Pacto social reflejará los términos y condiciones acordados y luego de su registro en la Sección Mercantil del Registro Público ese documento será también efectivo contra terceros. En muchos aspectos, la Ley 32 sobre sociedades anónimas trabaja solo como fuente de ley secundaria.
De acuerdo a la Ley, el Pacto Social de las Sociedades o Corporaciones debe contener, entre otras cosas:
- El nombre de la Sociedad Anónima
- El nombre y domicilio de los subscriptores
- Los objetos a los cuales podrá dedicarse la sociedad
- El capital social, monto, distribución accionaría y clases de acciones, etc.
- La duración de la sociedad, la cual puede ser perpetúa
- El nombre y domicilio de los directores y dignatarios
- El nombre y domicilio del agente residente
Las Sociedades Anónimas o Corporaciones que no desarrollen actividades comerciales o industriales dentro de Panamá (oficinas de representación) no requieren obtener licencias comerciales para operar fuera del territorio de la República de Panamá, en calidad de Sociedades Anónimas o Corporaciones Offshore.
En el Registro, la Compañía paga una tarifa de transacción anual de US$ 250.00. Para los años siguientes pagará US$ 300.00. Lo usual para este tipo de sociedades en que el capital de inversión inicial sea de al menos US$ 10,000.00 y por esta cantidad que tiene que pagar alrededor de US$ 60.00 en el Registro Público, más el costo de Notario, que es de aproximadamente US$ 40.00, más los honorarios del abogado. Si el capital es mayor, así mismo el costo aumenta.
Estructura jurídica
Su primera consideración es decidir qué tipo de estructura de negocios utilizar.
Aquí en Panamá hay tres formas normales de negocios:
- Propietario único: donde usted y su cónyuge y la familia operan un negocio como dueños.
- Sociedad Colectiva: donde usted se asocia con una o más personas para tener un negocio.
- Sociedad Anónima: donde se registra en el gobierno una compañía que emite acciones, tiene una Junta Directiva y Dignatarios.
Mientras que la de propietario único puede ser un acuerdo verbal entre miembros cercanos de la familia; las otras dos necesitan la asistencia de un abogado panameño. Esto es así porque se tienen que preparar documentos jurídicos para formar la Sociedad Colectiva o Corporación. Si están mal preparados serán nulos y sin validez, lo que causaría un problema jurídico a los miembros del negocio.
Sociedad Anónima
Las sociedades anónimas se constituyen de acuerdo a la Ley No. 32 de 1927 y al Código de Comercio (Decreto Ley No. 5 de 1997, Articulo 5).
Dos personas (llamadas suscriptores) o Nominadas pueden constituir una sociedad anónima panameña (quienes actúan a nombre de los extranjeros ausentes), que protocolizan los documentos jurídicos llamados Pacto Social. Estos documentos se registran en la oficina del Registro Público en Panamá. Después que se ha formado la sociedad solamente se necesita tener un accionista.
Las acciones que se emitan de la sociedad anónima pueden ser de varias clases, pueden tener o no valor nominal, se pueden registrar formalmente o pueden ser acciones al portador.
La sociedad anónima debe tener un agente residente registrado (abogado panameño).
Habrá por lo menos tres directores cuyos nombres deben aparecer en el Pacto Social. Cualesquiera cambios de directores se deben inscribir en el Registro Público. A menos que se cambie el Pacto o la sociedad anónima se fusione o disuelva no habrá otros requisitos de inscripción.
Sociedad Anónima Extranjera
Si usted ya tiene una sociedad anónima en otro país, usted puede hacer negocios en Panamá presentando los siguientes documentos en la oficina del Registro Público:
- Traducción al español del Pacto Social autenticada por notario;
- Acta de la Junta Directiva autorizando el registro en Panamá;
- Copias de los estados financieros más recientes;
- Un certificado del cónsul panameño donde certifique que la compañía está organizada de acuerdo con las leyes del lugar de suscripción;
- Aviso de la transferencia de capital a la operación en Panamá.
Sociedad Colectiva General
En Panamá se permiten las Sociedades Colectivas en General. Como en otros países, los socios tienen responsabilidad civil ilimitada. Esto significa que cada socio puede ser demandado, aunque solo uno de ellos haya cometido un error en el curso del negocio.
Sociedad Colectiva Limitada
Las sociedades colectivas limitadas (llamadas sociedad de Responsabilidad) también se permiten en Panamá. Son regidas por el Código de Comercio y la Ley No. 24 de 1966.
Puede haber de 2 a 20 socios sin restricciones en cuanto a sus nacionalidades o residencia. Su capital debe ser por lo menos de $2,000 a $5,000.
El nombre de los socios se debe inscribir en la oficina del Registro Público, incluyendo la cantidad de capital conque cada uno ha contribuido. La responsabilidad civil de cada socio por las deudas de la sociedad colectiva se limita a la cantidad suscrita pero no pagada.
Si la sociedad nombra un administrador independiente, su nombre también se debe registrar. No se requieren reuniones si la Sociedad Colectiva tiene 5 o menos miembros. De lo contrario, se debe hacer una reunión, por lo menos, una vez al año. No hay requisitos contables en cuanto a los ingresos anuales o el registro de estos.
Una alternativa al Propietario único es crear una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Esta se establece de la misma manera que la Empresa de Responsabilidad Limitada, excepto que solo tiene un miembro. La persona le transfiere sus activos al negocio. La responsabilidad civil del negocio se limita a la cantidad de los activos transferidos.
Sociedad Civil
El Código de Comercio y la Ley No. 24 de 1966 permiten la creación de la Sociedad Civil. La responsabilidad de los socios es ilimitada. Este tipo de sociedad la seleccionan con frecuencia los profesionales, tales como abogados y contadores.
Sociedad en Comandita
La Sociedad en Comandita es una sociedad colectiva y sociedad anónima híbrida regida también por el Código de Comercio y la Ley No. 24 de 1966. Por lo menos uno de los socios debe tener responsabilidad ilimitada, mientras que la responsabilidad de los socios limitados se limita a la cantidad de capital suscrito. Este tipo de estructura jurídica se usa muy poco en Panamá.
Permisos y Licencias del Gobierno
Una vez que usted ha constituido una Sociedad Colectiva o Sociedad Anónima panameña o está actuando como Propietario único, usted debe registrar su negocio ante el gobierno antes de abrirlo.
Los siguientes 6 pasos son los requisitos para registrar su negocio ante los gobiernos nacional y local:
- Registro del Impuesto sobre la Renta: Esto se llama “Registro Fiscal” en el gobierno panameño. El gobierno panameño tiene un sitio en español en la red donde se explica que necesita para hacer el registro. Visite el sitio del gobierno en: www.dgi.gob.pa
Este es el servicio de rentas (impuesto) del gobierno, llamado Dirección General de Ingresos; donde su compañía recibe su número de identificación.
Usted deberá mantener los registros de ingresos y gastos y presentar una declaración de rentas anual (o impuesto de sociedades) y pagar los impuestos adeudados.
- Licencia Comercial: Otro sitio en español del gobierno panameño le dará información sobre cómo obtener una licencia comercial en: www.mici.gob.pa
Este ministerio se llama MINISTERIO de COMERCIO e INDUSTRIAS, cuya traducción es Ministry of Commerce & Industry. También se le conoce como Licencia Comercial. Cada negocio en Panamá debe tener una.
- Impuestos Municipales: Después de obtener las licencias del gobierno, usted debe registrar su negocio en el municipio local a fin de pagar los impuestos municipales correspondientes.
- Número de Seguro Social: Luego usted debe ir al Registro Patronal de la Caja de Seguro Social (CSS) para obtener un número del seguro social para su negocio y para usted.
- Permiso Sanitario: Si su negocio tiene que ver con alimentos y bebidas, usted necesita conseguir los Permisos Sanitarios con el Ministerio de Salud. Esto se traduce como “Health Certificate” del Ministerio de Salud para el permiso de operación de un negocio con sanidad.
Cada empleado (incluyendo los dueños y la administración) que preparan o sirven alimentos y bebidas (o que están cerca de la preparación o servicio de los alimentos y bebidas) deben obtener dos permisos diferentes. Uno es un certificado médico y dental de un hospital público. El otro se le expide después de asistir a un curso de dos días sobre salud y seguridad.
- Certificado de Fumigación: Cada negocio que abre al público se tiene que fumigar. Usted debe contratar una empresa privada de fumigación para que cada cuatro meses fumigue el local contra hormigas, cucarachas, y otros insectos. Usted debe presentar el recibo de la empresa de fumigación y obtener el Certificado de Fumigación del municipio local. Este certificado debe colocarlo en un lugar visible a la entrada del negocio.
Contratación de empleados
Ahora que ha obtenido todos los permisos y licencias del gobierno, usted está listo para contratar empleados. Para los que están pensando contratar a sus amigos extranjeros, Panamá limita a un 10% la cantidad de extranjeros (no panameños) del total de la fuerza laboral contratada.
La legislación panameña exige que el 90% de los empleados de la empresa sean panameños o casados con panameña o extranjeros que lo menos tengan 10 años de residir en el país.
Excepciones
- Si necesita personal técnico o especializado que no haya en Panamá, su cuota sube al 15% de extranjeros. También usted puede hacer la solicitud al Ministerio de Trabajo para aumentar su porcentaje de extranjeros.
- Las empresas con menos de 10 empleados pueden emplear 1 extranjero.
- Las empresas pueden emplear gerentes y supervisores extranjeros cuando realizan negocios hacia el extranjero desde Panamá, previa aprobación del Ministerio de Trabajo.
- Se debe obtener un permiso de trabajo por cada trabajador extranjero.
Legislación laboral
El Código de Trabajo de 1971 se ocupa de las Relaciones Laborales que incluyen los derechos y deberes de los empleados y los empleadores. “Subordinación” es el concepto clave de la legislación. Cualquier relación donde una persona es subordinada de otra cae dentro de la legislación. No hay diferencia si la relación es o no descrita como “empleo.”
Hay ciertos derechos básicos del empleado que se deben observar:
- Contrato de Trabajo escrito
- Salario Mínimo
- Horas Máximas
- Tiempo de Vacaciones Pagadas
- Despido de Empleados
Contrato para empleados
Sus empleados deben firmar un contrato de trabajo escrito que se conoce como Inscripción de Contratos con trabajadores. Usted debe presentar dos copias del contrato ante el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
Los empleadores pueden fácilmente terminar a un empleado durante los dos primeros años de labores. Después de este tiempo, los empleados están protegidos por la legislación. La legislación enumera las “causas justas” para despido. Los despidos ilegales pueden dar por resultado pagos mínimos de compensación. Ambas partes pueden pactar el contrato por “tiempo definido.” Los niveles de salario mínimo varían de acuerdo con el periodo de tiempo que tiene el empleado.
Vacaciones: Hay 11 días feriados cada año. En adición los empleados tienen derecho a 30 días de vacaciones cada año.
El Décimo-Tercer Mes: La ley también requiere una pago de bono de 30 días conocido como el Décimo-tercer Mes. El bono se calcula en base salario de un día por cada 11 días de trabajo. El bono del Décimo-tercero Mes es pagado en 3 periodos: al 15 de Abril, el 15 de Agosto y el 15 de Diciembre de cada año.
Sindicatos: Los sindicatos se permiten en Panamá. Los sindicatos pueden negociar colectivamente por parte de sus miembros. Las protestas se permiten bajo la ley en circunstancias definidas, confirmado por un voto de los miembros del sindicato. La conciliación es obligatoria frente al hecho de que se pueda iniciar una protesta. Sin embargo, solamente un 11% de los trabajadores en el sector privado pertenecen a sindicatos.
Ubicación o local para la empresa
Las leyes de Panamá en cuanto a alquilar espacios comerciales son similares a la mayoría de los países del oeste.
- Se necesita un contrato escrito.
- Se necesita describir apropiadamente la ubicación del espacio.
- Se necesita describir la cantidad y frecuencia de los pagos para alquilar, el tiempo del contrato, si hay un depósito de seguridad/daño, quien paga para las utilidades y reparaciones, etc. También debería tener provisiones para pagos tardes, daño a la propiedad y la renovación del contrato.
- Debería estar firmado por los dueños de la propiedad (o representantes legalmente autorizados) y los inquilinos.
- Todas las firmas deberían estar certificadas por un notario profesional.
Como siempre es mejor consultar a un abogado para esta seguro del contenido de contratos.
Cuenta bancaria empresarial
Aunque seas el único propietario, nunca se debe mezclar su dinero personal con el dinero de su negocio. Por esto se debe abrir una cuenta bancaria para su negocio. Asociaciones y Corporaciones también se deben abrir cuentas separadas.
Al abrir una cuenta para una corporación, una asociación, o un negocio normal, la mayoría de los bancos requieren cierta información y documentación.
- La Mayoría requieren una entrevista personal mientras que otros hacen una entrevista por teléfono.
- Una copia clara del signatario de la cuenta y el pasaporte de cada director corporativo (debería incluir la foto, su información personal, y el sello de inmigración.)
- Una copia clara de una segunda identificación con foto (como una licencia de conducir o cédula).
- Dos referencias de bancos para cada director corporativo y signatario de la cuenta. Estas referencias deberían incluir conducto satisfactorio del dueño de la cuenta y con una relación con el banco de por lo mínimo dos años. Ayudaría si las referencias también confirman la dirección residencial del individuo. Muchos bancos panameños requieren que las referencias sean dirigidas específicamente al banco mismo. Algunos bancos aceptan solo una carta de referencia (especialmente si has hecho todas sus finanzas con un solo banco).
- Dos referencias profesionales para cada Director y signatario de la cuenta. Estas referencias pueden ser escritas por un contador, abogado, corredor de valores (stock bróker), corredor de seguros, agente de bienes raíces o su empleador. Deberían estar escritos en el membrete de la compañía.
- Pruebas de su dirección: necesitas proveer una copia de una factura de utilidades (teléfono, agua, electricidad, cable o Internet) que tenga su nombre y dirección.
- Una carta del “Perfil de la Compañía” se debería entregar que describe brevemente el tipo de negocio que hace el dueño de la cuenta. Este se debe incluir la ubicación de la empresa, los productos o servicios que ofrecen, la naturaleza y volumen esperado de la empresa, el origen de los fondos que se depositan, una estimación de los fondos mensuales o anuales que serán depositados, y la razón por la cual desea abrir una cuenta bancaria en Panamá.
Sería bueno si viene su abogado panameño con usted al banco para asegurarse de que no haya complicaciones. Un oficial revisará su entera aplicación para asegurarse que no haya lavado de dinero.
Este proceso será más fácil y con menos requisitos si va primero al banco panameño donde ya poseas una cuenta personal, por ya conocerte.
Impuestos
El único ingreso gravable es aquel derivado dentro del territorio de Panamá. La venta de productos o servicios a las personas, entidades o compañías en Panamá se consideran como “fuente de ingreso de Panamá” y son gravables. La venta de productos o servicios a personas, entidades o compañías ubicadas fuera del territorio panameño no son gravables. El ingreso que provenga de la renta (arrendamiento) o venta de bienes raíces en Panamá es gravable. Las comisiones e intereses devengados de préstamos que financien negocios en Panamá son gravables. Los centros de llamadas tienen una ley especial que exime a sus ingresos del impuesto sobre la renta. Los comercios que facturen productos que nunca ingresan a Panamá no son gravables. Las compañías en Panamá que faciliten las actividades comerciales llevadas a cabo fuera de Panamá no son gravables.
- Exento del impuesto sobre los intereses: los intereses de los ahorros y cuentas bancarias a plazo fijo de bancos idóneos y con licencia en Panamá están exentos del impuesto. El interés de los títulos de deuda registrados con la Comisión Nacional de Valores y que coticen en la bolsa de valores están exentos. Las instituciones financieras no residentes y prestamistas que reciban intereses y comisiones pagadas por bancos panameños o por la construcción de proyectos habitacionales están exentos de impuestos.
- Impuesto Sobre la Renta: el ingreso gravable o sujeto a impuesto se obtiene restando el ingreso de fuente extranjera y el ingreso exento del ingreso bruto.
- Deducciones: los gastos de la empresa, utilizados para generar ingreso gravable o para preservar el negocio son considerados como deducibles en las declaraciones de renta y deben ser documentados y sólo serán permitidos en el mismo año fiscal en que ocurrieron.
- Tasas del Impuesto Sobre la Renta: a partir del 2010, las tasas de impuesto para las personas jurídicas se redujeron del 30% al 27.5% y será reducida aun más en el 2011 a un 25%.
Las compañías involucradas en las telecomunicaciones, banca, generación de energía, cementeras, casino y juegos de azar y las aseguradoras y reaseguradoras continuarán pagando la tasa del 30% hasta el 2012 cuando la tasa se reduzca a un 27.5% y en el 2014 a un 25%. Si el gobierno posee el 40% o más del capital de la compañía seguirá pagando la tasa del 30%. Las compañías dedicadas a la agricultura y a la pequeña empresa tienen una tasa especial más baja de impuesto sobre la renta.
- Cálculo: el cálculo tradicional del impuesto sobre la renta es simplemente multiplicar el ingreso neto gravable por la tasa de impuesto. Las empresas con un ingreso gravable superior a $1.5 millones usan un cálculo diferente. Su tasa es la más alta entre el cálculo tradicional y la multiplicación del ingreso gravable por 4.67%.
- Pagos mensuales: a partir del 2011, todas las empresas y entidades deben pagar su impuesto sobre la renta estimado antes del 15 de cada mes igual a 1% del total del ingreso gravable acumulado del mes anterior. A esto se le llama “Impuesto sobre la renta mensual por adelantado” o MITA.
Las empresas involucradas en la venta de gasolina, productos derivados del petróleo, farmacéuticos, alimentos y productos médicos pagan un MITA diferente. A final del año fiscal, la empresa determina el total del impuesto sobre la renta y deduce el total del MITA pagado. Si el total de MITA pagado es mayor al impuesto adeudado o que debe pagar, la empresa puede obtener un crédito fiscal para ser utilizado en futuros MITAs.
- Pérdidas: las pérdidas pueden ser prorrogadas hasta por 5 años siempre que la pérdida no exceda el 20% de la pérdida total en un año. Ciertas industrias reguladas como la minería tienen planes especiales de perdida.
- Declaraciones Anuales: las declaraciones del impuesto sobre la renta deben ser presentadas por la empresa 3 meses después de que el año fiscal termine. Aunque para la mayoría de las empresas el año fiscal va con el año calendario regular, las empresas pueden solicitar la aprobación de un año fiscal diferente.
- Impuesto sobre los Dividendos: Hay un 10% de impuesto sobre los dividendos realizados por entidades que tienen un permiso de operación comercial y tienen ingresos de fuentes panameñas.
El impuesto sobre los dividendos es sólo del 5% si las ganancias provienen de fuentes extranjeras, está relacionado a la exportación u otras leyes específicas que eximan de pagar el impuesto. Las empresas localizadas en las zonas de libre comercio pagan un 5% por todos ingresos. La entidad que hace el dividendo retiene el impuesto y paga a las autoridades fiscales. No hay impuesto sobre la renta en esos dividendos recibidos. Los dividendos pagados a los titulares de acciones al portador deben pagar un impuesto del 20% sobre los dividendos.
- Impuestos sobre las Ganancias Retenidas: si no se pagan los dividendos o los dividendos pagados son menos del 40% de las fuentes de ingresos panameñas actuales después de los ingresos fiscales; hay un impuesto del 10% por la diferencia entre el 40% y lo que se pagó.
Si no se pagan los dividendos o los dividendos pagados son menos del 20% de los ingresos de fuente extranjera o ingresos específicos exentos, hay un 10% de impuesto por la diferencia entre el 20% y lo que se pagó.
A este impuesto se le conoce como el “impuesto complementario” se acredita hacia futuros dividendos y puede ser visto como un adelanto/anticipo del impuesto sobre los dividendos en relación al 40% o 20% de las ganancias actuales. Las subsidiarias registradas de empresas extranjeras pagan este impuesto en sus ingresos totales actuales sin tener en cuenta si se hizo alguna distribución.
- Impuesto sobre el Permiso Comercial: Todas las personas y entidades comprometidas en actividades comerciales dentro de la República de Panamá deben obtener un permiso de operación comercial (Aviso de Operación), el cual es emitido por el Ministerio de Comercios e Industrias. El impuesto anual por el permiso iguala 2% del valor neto de la compañía con un pago máximo de $60,000. Las empresas establecidas en las zonas económicas especiales o de desarrollo dentro de las zonas libres de comercio pagan una tasa de 1% con un pago máximo de $50,000.
- IVA: El Impuesto sobre el Valor Agregado se le conoce como el “ITBMS” o impuesto sobre la venta en otros países. Este impuesto aplica a las mercancías importadas, productos vendidos o servicios prestados en Panamá. El importador, vendedor o proveedor de servicios paga este impuesto por lo cual la mayoría simplemente agrega este impuesto para que sea pagado por el consumidor.
A partir del 1 de julio de 2010 el ITBMS incremento del 5% al 7%. Unas tasas más altas existen por la venta de bebidas alcohólicas (10%), productos del tabaco (15%) y servicios específicos como servicios habitacionales de alojamiento (10%). Las exenciones de pagar este impuesto incluyen las transacciones de las zonas libres comerciales, generación eléctrica y servicios de distribución, cargo y transporte de pasajeros por mar, aire o tierra. La mayoría de los comercios pagan el impuesto mensualmente.
- Otros Impuestos: Impuestos sobre los timbres se pueden aplicar en función del valor de determinados documentos, como los contratos. Los bancos de Panamá y algunas instituciones financieras pagan un impuesto anual basado en el tipo de institución o de los activos totales. Hay un impuesto del 5% aplicado a la emisión de pólizas de seguros específicas.
Las industrias reguladas, como la televisión gratuita y pagada, las telecomunicaciones, la generación de energía, bancos, compañías de seguros y reaseguradoras, y las compañías de seguridad pagan una cuota anual reguladora llamada “Tasas”, en un límite permitido por la ley.
- Incentivos Fiscales: Ciertas industrias reciben incentivos fiscales para estimular a los inversores extranjeros, como la agricultura, el turismo, la minería, la exportación de mercancías no tradicionales, generación de energía, construcción y operación de concesiones gubernamentales, procesamiento y almacenamiento de productos derivados del petróleo, el sector marítimo, la industria manufacturera, y la reforestación.
Cualquier persona que invierta $2 millones o más en las actividades específicas, y cumple ciertos requisitos pueden solicitar al Ministerio de Comercio e Industrias tener la inversión incluida en el Registro de Inversiones. La inclusión permitirá que el inversionista tenga 10 años de derechos de aduana, impuestos y estabilidad laboral.
- Evitar la Doble Tributación: Panamá continúa negociando y firmando tratados fiscales con otros países para evitar que sus ciudadanos que invierten en Panamá hagan frente a los impuestos sobre la renta de ambos países sobre sus ingresos de fuente panameñas. Básicamente, un tratado de doble tributación permite completo crédito al impuesto sobre la renta del inversor pagado a Panamá hacia cualquier impuesto sobre la renta adeudado en su país de origen basado en el ingreso de una fuente panameña.
Vídeo tutorial de Cómo Abrir empresa en Panamá
¿Es rentable abrir una empresa en Panamá?
Aunque es recomendable el buscar consejo y asesoría de un Abogado panameño debido a la extensa cantidad de requisitos y procedimientos que implica, y que no son atípicos en Panamá, si es rentable el iniciar un negocio y constituir una empresa en Panamá por distintos motivos: la primera ventaja para los latinos y todos los que tienen el Castellano o Español como lengua madre es el idioma que permite crear relaciones de negocio rápidamente, sin embargo si se trata de un trasnacional es favorable la cultura bilingüe del país.
Los impuestos en el país son mucho más bajos que los de otros la región, agregado a esto tenemos la Zona Libre de Colón que es la mayor zona franca de América y la segunda del mundo, aunado a esto el canal la convierte en un punto estratégico para importaciones y exportaciones ya que enlaza comercialmente América del norte, América del sur, Europa y el Lejano Oriente.
Panamá tiene una de las 40 economías más competitivas del mundo y la segunda de américa latina. Al ser el dólar su moneda oficial no hay control ni restricciones cambiarías como tampoco restricciones de envíos monetarios al extranjero, todo esto en conjunto de un sólido sector bancario compuesto por cerca de 100 entidades.