Pasos y Requisitos para DPI en Guatemala

El Documento Personal de Identificación (DPI) es aquel documento que permite al ciudadano guatemalteco identificarse para ejercer el derecho a sufragio; siendo un documento público, personal, intransferible, y de carácter oficial, todos los ciudadanos guatemaltecos y los extranjeros domiciliados, inscritos en el RENAP, tendrán derecho de solicitar y obtener el DPI.

Requisitos

A su vez, es el único documento para todos los actos civiles, administrativos y legales, y en general para todos los casos en que por ley se requiera. A continuación se detallaran los requisitos para DPI.

¿Por qué se creó el DIP?

El Documento Personal de Identificación (DPI) fue creado por la necesidad de tener una normativa jurídica que regule lo relativo a la documentación personal, para adaptarla a los avances tecnológicos.

Un ejemplo de ello es la innovación de la cédula de vecindad, la cual fue creada en 1931 y de la cual, hasta la actualidad no se efectúan controles sobre su expedición, lo que facilita su falsificación y es de fácil deterioro, a diferencia del DPI.

La Cédula de Vecindad fue creada en 1931 y estuvo vigente por 82 años. Fue el 24 de agosto del 2013 cuando el DPI entró en vigencia como el documento para identificar a los guatemaltecos oficialmente.

Tipos de DPI

Actualmente, existen tres tipos de Documento Personal de Identificación (DPI), los cuales se mencionan a continuación:

  • Documento Personal de Identificación (DPI) de guatemaltecos.
  • Documento Personal de Identificación (DPI) de Extranjeros Domiciliados.
  • Documento Personal de Identificación (DPI) para menores de edad.

Para todos los casos se designa un Código Único de Identificación (CUI) el cual se mantendrá invariable hasta el fallecimiento de la persona natural, como único referente de identificación de la misma.

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Características de seguridad del DPI

  • Chip de contacto: el cual tiene la capacidad de almacenar información como datos generales y personales, entre otras aplicaciones.
  • Estructura de Código Único de Identificación (CUI): contiene 13 dígitos que determinan el municipio y departamento de nacimiento.
  • Impresión arcoiris: es una técnica de 2 o 4 colores de tinta impresos simultáneamente en la superficie completa de la tarjeta, protección eficiente contra fotocopias y escaneo de alta resolución.
  • Patrón de Guilloches: posee líneas entretejidas formando una imagen que solo puede ser recreada con equipo de software y parámetros usados en la creación del diseño original.
  • Fondo numismático: forma numerosas líneas onduladas entrelazadas en un fondo uniforme.
  • Patrón de debilitamiento que sobrepone al borde de la foto.
  • Tinta óptica variable: con efecto de cambio de color dependiendo del ángulo de visión o iluminación.
  • Dispositivo ópticamente variable: el cual son imágenes en 2D o 3D con cambios de formas o colores.
  • Imagen fantasma: fotografía secundaria del titular de la tarjeta en colores atenuados contigua a la fotografía principal.
  • Imagen láser cambiable: información combinada en una sola estructura de grabado láser. Cada característica aparece alternativa al inclinar la tarjeta de izquierda a derecha.
  • Microimpresión: texto pequeño que puede ser leído únicamente con lentes de aumento. Es imposible reproducir esta característica con técnicas estándares de impresión.
  • Errores deliberados: errores de impresión y tipos de letras especiales.
  • Tinta ultravioleta invisible: tinta visible únicamente cuando es expuesta a luz ultravioleta.
  • Fondo con textura personalizada: es impresión sensible al tacto.
  • Área de Lectura Mecánica: código de escritura que utilizan los pasaportes y documentos de identificación.

Requisitos para DPI

  1. Recibo de pago correspondiente al tipo de solicitud.
  2. Original y fotocopia de la certificación de la inscripción registral.
  3. Original y fotocopia de Boleto de Ornato.

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¿Cuándo se debe tramitar el DPI?

Todos los ciudadanos guatemaltecos y los extranjeros domiciliados mayores de 18 años, tienen la obligación de obtener el mencionado documento cumplida dicha edad, esto de conformidad con el artículo 50 del decreto 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala.

Costo de DPI

El costo del Documento Personal de Identificación (DPI) por primera emisión, así como parar reposición por robo o pérdida es de Q 85.00. Es importante tener en cuenta que cuando se hace la solicitud del Documento Personal de Identificación (DPI) por la vía electrónica, la tarifa será la ­fijada para cada servicio, aumentada en un veinticinco por ciento (25%), según el Artículo 4 del Acuerdo de Directorio del Registro Nacional de las Personas RENAP.

Pasos para sacar DPI

A continuación se detallan los pasos que se deben seguir para solicitar el DPI en línea y recibirlo en el domicilio:

  • Ingresa a la pagina web eportal.renap.gob.gt e ingresa a la pestaña “Ciudadanos”
  • Tendrás que registrarte en la opción Registrarse, para poder utilizar el servicio.
  • Luego de leer y aceptar las condiciones de uso, se debe llenar el formulario.
  • A continuación se debe establecer una contraseña, para luego ingresar numero de teléfono y correo electrónico.
  • Se debe verificar toda la informacion ingresada.
  • Se enviara un correo de confirmación de creación de la cuenta.
  • Luego se debe iniciar sesión con el número de DPI y la contraseña establecida.

¿Cómo retirar DPI?

En primer lugar, los ciudadanos interesados podrán retirarlo personalmente, en las Oficinas del RENAP o en las oficinas consulares, dejando constancia de la entrega del DPI, según corresponda.

Se podrá retirar el DPI por medio de terceros, siempre que presente cualquiera de los siguientes documentos:

  •  Declaración jurada administrativa rendida por la persona a recibir el DPI, en la que haga constar que se encuentra autorizado por el titular del DPI para el efecto.
  • Autorización escrita del titular.
  • Por mandato legalmente otorgado por el titular del DPI.

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¿Qué es el RENAP?

El Registro Nacional de las Personas RENAP es la entidad encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales en Guatemala; también se encarga de inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación desde su nacimiento hasta su muerte.

Es el organismo encargado de la emisión del Documento Personal de Identificación (DPI), para el cual, implementa y desarrolla estrategias, técnicas y procedimientos automatizados que permiten un manejo integrado y eficaz de la información, unificando los procedimientos de inscripción de las mismas.

El objetivo principal del Registro Nacional de las Personas RENAP, consiste en organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, así como también inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde el nacimiento hasta la muerte del individuo.

Oficinas del RENAP

La oficina principal del Registro Nacional de las Personas RENAP se encuentra en la Siguiente dirección:

  • Guatemala
    Calzada Roosevelt 13-46, Zona 7.
    Horario de atención de Lunes a viernes de 08:00 horas a 17:00 horas.

Para visualizar todas las oficinas del RENAP a nivel nacional te recomendamos utilizar el siguiente enlace: https://www.renap.gob.gt/informacion-publica/direccion-y-telefonos-de-la-entidad-y-sus-dependencias , haciendo clic en la opción Directorio de las oficinas del RENAP (2018).

El Registro Nacional de las Personas RENAP también proporciona oficinas en el extranjero, las cuales pueden ser validadas según el país de interés a través del siguiente enlace: https://www.renap.gob.gt/sites/default/files/archivos-paginas/info-embajadas-consulados-servicios-renap.pdf

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¿Qué es el Registro Central de las Personas?

Es la dependencia encargada de centralizar la información relativa a los hechos y actos inscritos en los Registros Civiles de las Personas, de la organización y mantenimiento del archivo central y administra la base de datos del país.

Para tal efecto, elabora y mantiene el registro único de las personas naturales y la respectiva asignación del Código Único de Identificación (CUI).

¿Para que tener el DPI?

De acuerdo con el artículo 50 del decreto 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala, todos los guatemaltecos y los extranjeros domiciliados mayores de 18 años, tienen el derecho y la obligación de obtener el mencionado documento.

De igual forma establece que el único documento personal de identificación para todos los actos civiles, administrativos y legales, y en general para todos los casos en que por ley se requiera identificarse. Es también el documento que permite al ciudadano identificarse para ejercer el derecho de sufragio.

Por último, el artículo 52 de la misma ley establece que la portación del documento es obligatoria, mientras que el articulo 54 establece que para efectos de identificación oficial de las personas naturales, ningún particular, autoridad o funcionario podrá exigir la presentación de documento distinto al DPI, el cual tampoco podrá requisarse ni retenerse.