Cada año los contribuyentes ecuatorianos deben hacer entrega del Formulario de gastos personales establecido por el Servicio de Rentas Internas (SRI), de lo contrario existen sanciones. A continuación destacamos los puntos más importantes a tener en consideración en cuenta a la elaboración de dicho trámite.
ÍNDICE DE CONTENIDO
¿Qué es el Formulario de gastos personales del SRI?
Es un tipo de documentación solicitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) donde se registran los montos específicos de consumos deducibles de cinco rubros: salud, vivienda, educación, alimentación y vestimenta, con el objetivo de reducir el valor a pagar del impuesto a la renta (IR) anual.
¿Quiénes lo deben presentar?
- Trabajadores en relación a sus empleadores, aquellos que tuvieron egresos entre $ 5 635 hasta $ 14 651.
- Empleados que hayan registrado rubros por un valor menor a $ 5 635 pero registran pagos o consumos superiores a dicho monto y desean que el Servicio de Rentas Internas (SRI) devuelva parte o todo el impuesto pagado en exceso.
- Personas que no hayan presentado el Formulario de Proyección de Gastos para el año 2018 pero si tuvieron gastos y desean que el Servicio de Rentas Internas (SRI) devuelva parte o todo el impuesto pagado retenido por el empleador.
- Personas naturales que no estén en la obligación de llevar la contabilidad pero deseen beneficiarse de la deducción para pagar una cantidad menor de la renta anual.
¿Cuándo deben pagar?
Se debe cancelar según el día establecido por el noveno dígito del número de la cédula o del RUC del contribuyente.
¿Qué sanciones hay si no se presenta?
En caso de algún incumplimiento, se aplican sanciones económicas que varían según el tipo de persona que haya cometido la falta:
- Personas naturales que estén obligadas o no a llevar la contabilidad deben pagar $ 30.
- Personas naturales que estén obligadas a llevar la contabilidad deben pagar $ 45.
Formulario de gastos personales
Puedes descargar el formulario haciendo click aquí.
Como rellenar el formulario
Los contribuyentes deben ingresar a la página web del SRI y realizar el trámite en línea. Recuerde tener su número de cédula o RUC así como su contraseña de ingreso a la mano ya que será solicitado por el sistema. Una vez con el formulario en mano, procedes a completar la siguiente información:
- Identificación del empleado contribuyente: información que debe ser llenado únicamente por el empleado.
- 101 Número de identificación.
- 102 Apellidos y nombres completos.
111 total de los gastos proyectados: sumatoria de los dos anteriores. Este valor no debe ser superior al 50% de tus ingresos ni al límite establecido por el SRI para el presente año.
112 y 113 Datos del empleador (agente de retención del Impuesto a la Renta)
- Ingresos gravados proyectados.
- 103 Valores proyectados por remuneración anual: ingreso mensual por tiempo de trabajo en la empresa sin incluir el valor del aporte al IESS.
- 104 Valores proyectados con otros empleadores en relación de dependencia: incluir el valor del aporte al IESS.
- 105 total de los ingresos proyectados: sumatoria de los dos anteriores.
- Gastos proyectados.
- 106 Gastos proyectados de vivienda.
- 107 Gastos proyectados de educación.
- 108 Gastos proyectados de salud.
- 109 Gastos proyectados de vestimenta.
- 110 Gastos proyectados de alimentación.
- 111 Total de los gastos proyectados: sumatoria de todos los anteriores. Este valor no debe ser superior al 50% de tus ingresos ni al límite establecido por el SRI para el presente año.
- Identificación del agente de retención: información que debe ser llenado únicamente por el trabajador.
- 112 y 113 Datos del empleador (agente de retención del Impuesto a la Renta).
Para que sirve
- Control y manejo de los ingresos y egresos personales.
- Reducir el monto a pagar del impuesto a la renta (IR) anual.
- Hacer un respaldo sobre los gastos personales efectuados en el año.
Donde y cuanto presentarlo
Se debe presentar al empleador para que verifique la información. En caso de existir alguna discrepancia, deberás hacer otro proceso.
Proyección de gastos personales en el SRI
La base establecida de la tabla de impuestos a la renta (IR) indica la cantidad necesaria para que los trabajadores no deban efectuar el pago del IR en el año en curso, por tanto dicho monto varía todos los años y difiere entre el sector público y privado. La base para el año 2019 es de $ 11.310.
- Sector privado: Todo trabajador que gane menos de 1.040,80 dólares mensuales, incluidos sobretiempos y comisiones, no pagará IR este año. Recuerda que a dicha cantidad se le descuenta el aporte personal al IESS que es de $98,36 y por tanto el neto a recibir es de $942,44 dólares mensuales.
- Sector público: Todo trabajador que gane menos de 1.064,30 dólares mensuales, incluidos sobretiempos y otros ingresos, no pagará IR este año. Recuerda que a dicha cantidad se le descuenta el aporte al IESS que es de $121,86 y por tanto el neto a recibir es de $942,44 dólares mensuales.
Paso a paso para la proyección
La entrega del formulario de proyección de gastos personales para el periodo 2019 es hasta el 31 de enero, en cada empresa donde labora el trabajador, específicamente en el departamento de Talento Humano. Existen distintos tipos de gastos a deducir:
- Vivienda: se podrá deducir hasta $ 3.675,75. Esto incluye todo aquello generado por la adquisición, construcción, remodelación, ampliación, mejora o mantenimiento de la vivienda principal, pago de arriendo, servicios básicos y alícuotas.
- Alimentación: se podrá deducir hasta $ 3.675,75. Esto incluye gastos por la compra de productos naturales, artificiales y en centros de expendio de alimentos preparados, pensiones alimenticias.
- Educación: se podrá deducir hasta $ 3.675,75. Esto incluye pagos de matrícula, actos de grado, útiles escolares, cuidado infantil, uniformes, transporte escolar, equipos de computación, material didáctico e intereses de créditos educativos otorgados por instituciones autorizadas.
- Vestimenta: se podrá deducir hasta $ 3.675,75. Esto incluye compra de prendas vestir, pañales y la confección de prendas. No se incluyen accesorios o joyas.
- Salud: se podrá deducir hasta $ 14.703. Esto incluye pago de honorarios médicos y a profesionales de la salud, servicio de salud brindado por centros de salud debidamente autorizado, medicina prepagada, prima y deducibles de un seguro médico, medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis. En caso de emergencias o enfermedades debidamente certificadas por la autoridad sanitaria nacional competente se podrá deducir hasta $ 22.620.
El Formulario de Gastos Personales es una trámite utilizado con el objetivo de reducir el monto de impuestos a pagar, es decir, actúa como una herramienta de apoyo económico, siempre y cuando se cumplan con los requisitos.
A través de ella podemos incluir montos relacionados a las necesidades básicos de cualquier individuo, como es el caso de la vivienda, alimentación, educación, vestimenta y salud. Su adquisición es sumamente sencilla ya que inicialmente se realiza el trámite vía online para que finalmente sea entregada y evaluada.