Una fundación se conoce como una organización sin fines de lucro que se conforma con el fin de generar un interés general a beneficio del colectivo. Para formar una fundación en Ecuador se deben seguir una serie de estatutos y/o lineamientos que daremos a conocer a través de esta página.
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Requisitos para crear una fundación
El Gobierno de Ecuador establece, mediante el ministerio del trabajo una serie de requisitos para constitución de fundaciones, los reacudos necesarios para completar el proceso de cracion de una fundación son los siguientes:
- Debe presentarse el Acta de la Asamblea Constitutiva de la organización que está en formación, la misma debe estar suscrita por todos los fundadores y debe describir los siguientes requerimientos: la voluntad de cada uno de de los miembros para la creación de la fundación; también debe presentar la nomina exclusiva en la que describe la directiva provisional; al mismo tiempo debe especificar los nombres completos de los fundadores, la nacionalidad, además de los números de documento de identidad de cada uno de ellos y la dirección domiciliaria. Por ultimo debe señalar el lugar de la sede que tendrá lugar la organizacion, con referencia correspondientes a la avenida, calle y/o provincia, informar el número de teléfono, y/o dirección de correo electrónico.
- Debe incluir también una fotocopia del estatuto acompañado de la certificación del Secretario provisional, en la que debe indicarse de manera exacta la o las fechas de estudio y aprobación del mismo. También debe anexar el Acta de la asamblea en la que conste el interés y decisión de comunicar la organización e integración constituida.
- También una copia certificada del documento emitido por la entidad correspondiente y que haga constancia del número de personas que conforman la directiva y el documento que acredite la representación legal de dicha constitución.
- Finalmente incluir entre los documentos una copia certificada del instrumento legal o del acuerdo ministerial que acredite a la o las personas jurídicas y la última reforma del estatuto legalmente aprobada.
¿Qué debe contener el Estatuto?
Para la creación de una fundación se debe presentar una serie de requisitos en los que debe incluir la reforma del estatuto legalmente aprobada que acretida a la personería jurídica, este estatuto debe contener las siguientes especificaciones:
- Nombre completo y naturaleza jurídica de la organización, además del domicilio especifico de la sede de funcionamiento de la misma.
- Objeto específicos de la fundación.
- Fines de la organización.
- Clase, derecho y obligaciones de cada uno de los miembros de la organización.
- Registro de solución de controversias
- Estructura y organización interna de la organización.
- Especificación de las causas por la que un miembro puede ser vetado.
- Especificación del régimen económicos de la organización
Requisitos de la directiva de la organización
Los requisitos para el registro de la organización directiva son los siguientes:
- Convocatoria
- El acta respectiva de la Asamblea General donde fue elegida la directiva definitiva de la organización, en que deben firmar todos los miembros y/o socios asistentes.
- También debe incluir una copia simple del acuerdo en donde se les otorgo la personería jurídica.
Control y evaluación
Para la creación y conformación de una fundación los asociados deben conocer que estas organizaciones están sujetas a los siguientes controles:
- Control de funcionamiento a cargo del ministerio que otorgo es estatus de persona jurídica a los miembros de la organización, incluye la verificación de de los documentos establecidos, el cumplimiento de los fines objetivos, la nomina de los socios que la conforman y el registro de la directiva.
- Control tributario de las rentas internas generadas por la fundación.
- Registro del control y manejo de los recursos públicos
Las fundaciones conformadas tienen la responsabilidad y obligación de proporcionar las actas de las asambleas realizadas, informes económicos, informes de memorias aprobadas y auditorías, además de las informaciones referentes a todas las actividades; facilitar el acceso de toda esta información a los funcionarios competentes que ejerzan la representación del estado para las verificaciones pertinentes.
Las fundaciones que reciban subsidios o recursos públicos deberán estar inscritas en el registro único de las organizaciones de la sociedad civil y estar debidamente acreditadas ante las instituciones correspondientes responsables de los recursos públicos. Tomando en cuenta los requisitos que establece la ley y los reglamentos Ecuatorianos.
Acreditación
La acreditación la conocemos como el cumplimiento de los, reglamentos y estatutos legales que por cada actividad establezcan los ministerios respectivos de la organización en cuestión.
Las fundaciones conformadas que por cualquier razón reciban recursos públicos, deberán contar con una acreditación previa para desarrollar sus actividades, la que será conferida por el ministerio correspondiente a la rama que se desempeña.
Para obtener la acreditación necesaria, las fundaciones deberán suministrar la siguiente información al ministerio correspondiente de la rama:
- Ubicación geográfica que se desea intervenir
- Población que se beneficia del servicio.
- Cotización de cada actividad que se desea realizar o que ya se ejecutaron.
- Fuentes de financiamiento.
- Indicadores de calidad y eficiencia.
- La experiencia profesional
- Designación de un titular encargado de la auditoria
Las fundaciones deberán presentar anualmente un informe de actividades, reportes financiero y de auditoria en la entidad que le otorgo la acreditación.
La vigencia de la acreditación tendrá un periodo de cuatro años, en la que posteriormente la organización deberá acreditarse de acuerdo con lo dispuesto en el decreto descrito.
¿Cómo se constituye una fundación?
Para la constitución de una fundación deben recaudarse los siguientes requisitos para luego hacer la formalización del registro.
- Solicitud de aprobación dirigida al director de la entidad de relaciones laborales.
- Presentar la original y copia del acta constitutiva de la entidad certificada por el secretario, esta carta deberá contener nombres y apellidos completos, números de cedulas de identidad de los fundadores de la organización, las firmas de los concurrentes además del nombramiento del directorio provisional.
- Los ejemplares del estatuto certificados debidamente por el secretario deben contener el domicilio; los fines de la organización; derechos y obligaciones de los socios, además de la estructura y organización interna; el patrimonio económico, asi como las causas de disolución y liquidación; y finalmente las demás disposiciones que los socios consideren necesarios sin oponerse al orden público, leyes y buenas costumbres.
- Dos ejemplares con una lista especificando los socios fundadores de la organización, en la que se describan: los nombres y apellidos (y si son personas naturales) , además de la cedula de identidad, el domicilio, el valor del aporte económico y la firma de cada miembro. En el caso de ser personas jurídicas , deberán incluir la razón social, el registro único de los contribuyentes, el nombramiento del representante legal y las copias respectivas de los documentos de identificación.
- El certificado de apertura de la cuenta en la que se hace el aporte de los contribuyentes, en un banco y/o declaración de los bienes previamente valorados que los socios aportan.
¿Cuáles son sus funciones?
Las fundaciones realizan diversas contribuciones sin lucrarse al beneficio de la colectividad y entre las funciones que ejercen se encuentras las siguientes:
- Colabora en el desarrollo de la personalidad de manera proporcional entre el colectivo.
- La integración entre la familia y el circulo social..
- Contribuye al mejoramiento personal permanente, social y cultural que se fundamenta en la concepción del ser humano, su dignidad, sus deberes y sus derechos.
- Promueve la solidaridad ciudadana mediante la creación de establecimientos educativos que desarrollen actividades en colaboración para el desarrollo del ser humano.
- Impulsa el desarrollo integral del hombre contemporáneo mediante el aprovechamiento de los recursos renovables y no renovables en garantía de la supervivencia humana.
- Fomenta, promociona, asesora y financia soluciones de las comunidades menos favorecidas.
- Defiende y vigila el cumplimiento de los derechos humanos enmarcados en los programas y promulgados por las naciones unidas.
Beneficios
Las fundaciones permiten y facilitan las alianzas con otras instituciones y además admiten obtener recursos de terceros que patrocinan las actividades planificadas por la fundación.
Además una fundación proporciona un acercamiento a las necesidades de la sociedad haciendo mas sensibles al ser humano ante las carencias de su semejante.
Las fundaciones juegan un papel importante y característico ante la sociedad ya que impulsan al desarrollo de la misma, enfocándose en cubrir y mejorar la calidad de los menos favorecidos.