¿Tienes dinero y no sabes en qué gastarlo? ¿Quieres emprender? Crear tu propio negocio se convertirá en una gran inversión a futuro, ¿quién sabe? Tal vez puedes convertirte en el próximo magnate de la industria y tener una cadena de hoteles multimillonaria o ser dueño de una transnacional muy famosa.
Sobre todo, en un país como Ecuador que tiene para ofrecerte una diversidad de campos empresariales, ya sea que quieras dedicarte al área turística, (con sus hermosas playas y el gran Amazonas, además de ser patrimonio cultural de la humanidad).
Al área científica (ya que, cuenta con una amplia variedad de fauna y flora que aún es objeto de estudio) o al área financiera (posee la Economía más estable a nivel de latinoamérica).
¡Ecuador siempre una buena opción para establecer tu empresa!
Pero tal vez en este momento estés pensando “es muy complicado”, “no tengo tiempo” o quizás no sabes cómo crear una empresa ni cuáles son los requisitos que debes cumplir, por lo que aquí te enseñaremos como efectuar los Trámites para crear una Empresa en Ecuador de manera muy simple, rápida y eficaz.
Antes de empezar, te recomendamos encarecidamente que busques la debida asesoría legal, ya que para este proceso las dos figuras imprescindibles al momento de constituir una empresa jurídica son un abogado y un contador.
El primero, te ayudará con los debidos trámites que aunque son personalizados, nunca está demás tener alguien que te respalde y te ayude con cualquier irregularidad que se presente en el proceso.
A este punto ya varias personas hubieran recurrido ante un gestor, pero debes creernos, un gestor nunca será lo mismo que un abogado, el asesoramiento de un abogado vale cada centavo.
Por otra parte, el contador, te auxiliara en cuanto a las engorrosas estadísticas, además de que algunos de los documentos que necesitarás deberán ser certificados por el mismo. Dicho esto, podemos continuar.
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Requisitos Para Crear Una Empresa
En primer lugar, debes considerar tu estatus en Ecuador.
Si eres un ciudadano ecuatoriano, estás listo para emprender y te puedes saltar esta parte.
Por otra parte, si eres extranjero, no debes preocuparte, sin embargo, conlleva un paso adicional, ya que, debes contar con una visa para establecerse en Ecuador y así obtener una sucursal con oficinas, una marca, contratar empleados, obtener Socios, etc.
Pero es algo muy sencillo de resolver, ya que la misma apertura de tu negocio podrá ser el motivo para solicitar una visa de inversionista.
En este sentido, podrás contar con las siguientes opciones, que te permitirán solicitar este tipo de visa:
- La Inversión en Bienes Inmuebles: Deberás constar como Propietario del Bien y éste deberá estar inscrito en el Registro de Propiedad del respectivo cantón. Su cuantía deberá ser de un valor igual o mayor a 80 salarios básicos unificados.
- La Compraventa de Acciones o Participaciones en una Compañía Ecuatoriana, cuyo monto deberá ser equivalente o mayor a 70 salarios básicos unificados. Estas acciones o participaciones deberán estar debidamente registradas en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
- Un Título, Póliza o Certificado de Depósito a un plazo mínimo de 730 días, emitido por una entidad crediticia que se encuentre reconocida por la Superintendencia de Bancos o Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Dicho monto deberá ser igual o mayor a 70 salarios básicos unificados.
- Invertir en un Negocio Propio. Acá deberás contar con el Acta, Certificado o Escritura, debidamente legalizada y en donde se encuentre reflejado el Capital Invertido, el cual no deberá ser menor a 70 salarios básicos unificados.
La inversión podrá llevarse a cabo, por reembolso directo o por partes. Teniendo un plazo máximo para hacer efectivo el total de la inversión. En este caso, se podrá hacer, en primera instancia, un depósito de tres mil dólares (3.000$), que se constituyen en la garantía de que se llevará a cabo la inversión.
Este depósito se realizará en el banco central del Ecuador y con él se podrá conceder la visa de inversionista, pero bajo la condición de que la totalidad de la inversión se ejecute.
El plazo fijado para ello será de 180 días, luego del otorgamiento de la visa. Ahora, si es que no cuentas con este nivel de capital, para obtener las visas anteriormente mencionadas, pero conseguiste de alguna manera u otra, una visa diferente para estar en el país, todavía tienes muchas oportunidades para lograr emprender tu negocio en Ecuador.
En primera instancia podrías constituir o comprar una compañía anónima o una compañía limitada, donde el capital es un poco más reducido, deberás elegir la que más se acomode a tus deseos y necesidades.
- Para crear una compañía anónima, como mínimo deberás disponer de un capital de 800$, este tipo de compañía se adapta a ti, si es que buscas una empresa, cuyo número de socios sea ilimitado y con un “capital abierto” y así mismo un número ilimitado de acciones que se pueden cotizar en la bolsa de valores.
- Para crear una compañía limitada, el monto mínimo para el capital será de 400$. Este modelo de compañía funciona si es que estas buscando crear una empresa familiar o con personas allegadas. Esta puede estar compuesta por un mínimo de 2 personas hasta un máximo de 15 personas. Cuenta con “capital cerrado” y con un número limitado de acciones que no podrán ser cotizadas en la bolsa de valores.
Pasos para crear una empresa en Ecuador
A continuación, veremos el paso a paso para crear una empresa jurídica en Ecuador, con alguna de las instituciones que hemos mencionado anteriormente:
- 1er Paso: Reservar el nombre de tu empresa
Este trámite se realiza en la superintendencia de compañías. Debes comprobar que el nombre que deseas usar no esté siendo utilizado y reservarlo.
- 2do Paso: Elaborar los estatutos de la empresa
Los estatutos de la empresa, no es más que el contrato por el que se regirá la sociedad y se validará mediante una minuta que tu abogado deberá firmar.
- 3er Paso: La cuenta de integración del capital y certificación
Debes abrir una cuenta de integración de capital, en el banco nacional de tu preferencia, los requisitos para aperturar la cuenta depende de cada banco, pero por lo general se encuentran conformados por:
- Capital Mínimo, que cambiará dependiendo del tipo de compañía, Cuatrocientos Dólares (400$) para las Compañías Limitadas y Ochocientos Dólares (800$) para las Compañías Anónimas.
- Carta de Socios donde se detalla la Participación de cada Socio
- Copias de la Cédula y Papeleta de Votación de cada Socio
Después, debes asegurarte de pedir la certificación de la cuenta de integración de capital.
- 4to Paso: Llevarlo a notaria
Debes acudir a la notaría correspondiente y presentarte ante el notario público con los documentos antes descritos: La reserva del nombre, el certificado de cuenta de integración de capital y la minuta firmada por el respectivo abogado anexado a los estatutos de la empresa.
- 5to Paso: Aprobación de los estatutos de la empresa
Lleva los documentos notariados a la superintendencia de compañías, para su posterior revisión y aprobación, mediante una resolución.
- 6to Paso: Hacerlo público
La superintendencia de compañías, te harán entregaran 4 copias de la resolución de aprobación del estatuto de la empresa y un extracto que deberá ser publicado en un periódico de circulación nacional.
- 7mo Paso: Obtener permisos pertinentes
En el municipio correspondiente a la ubicación en la que deseas establecer tu empresa, deberás pagar la patente municipal y pedir el certificado de cumplimiento de obligaciones.
- 8vo Paso: Inscribir la compañía
En una carpeta manila, donde están recopilados todos los documentos anteriormente detallados, se deben llevar a el registro mercantil del cantón donde fue constituida tu empresa para inscribir la sociedad.
- 9no Paso: La junta general de accionistas
En esta junta se nombrará a los representantes de la empresa, así como los cargos que se hayan definido y pactado.
- 10mo Paso: Obtener los documentos habilitantes
Después de obtener la inscripción del registro mercantil, debes llevarla a la superintendencia de compañías, ahí te entregarán los documentos para abrir el RUC de la Asociación.
- 11vo Paso: Inscribir el nombramiento del representante
En el mismo registro mercantil, se debe inscribir el nombramiento del administrador de la empresa en cargo, que fungirá como el representante de la misma designado en la junta general del accionista. Este trámite debe realizarse dentro de los 30 días posteriores a su designación.
- 12vo Paso: Obtener el RUC
RUC son las siglas para el Registro Único de Contribuyentes, que se obtiene en el SRI o Servicio de Rentas Internas, para obtenerlo se plantean los siguientes requisitos:
- El formulario correspondiente y debidamente llenado
- Original y copia de la escritura de Constitución
- Original y copia de los nombramientos
- Copias de cédula y papeleta de votación de los socios
- De ser el caso, una carta de autorización del representante legal a favor de la persona que realizará el trámite
- 13vo: La Carta para el banco
Por último, con el RUC o Registro Único de Contribuyentes, en la superintendencia de compañías te entregarán una carta dirigida al banco en donde abriste la cuenta, para que puedas disponer del valor depositado.
¿Cuánto cuesta Crear una Empresa?
Anteriormente se ha establecido, que, si bien es posible establecer tu propia empresa, es un poco tedioso, y dependiendo de tus alcances podría resultar un poco Costosa.
Teniendo en cuenta que el monto mínimo para la creación de una empresa es de entre los 400$ y 3.000$.
Eso sin contar los gastos procesales y el asesoramiento del abogado que evaluará sus honorarios dependiendo del monto del capital de la empresa, así podrías llegar a necesitar entre 600$ y 1.000$ adicionales.
Podríamos hacer una estimación total de entre 2.000$ y 5.000$
¿Qué es una empresa?
Recapitulando, podríamos definir una empresa o compañía como:
“Una unidad productiva agrupada y dedicada a desarrollar una actividad económica con ánimo de lucro”
También se podría definir como:
“Una unidad formada por un grupo de personas, bienes materiales y financieros, con el objetivo de producir algo o prestar un servicio que cubra una necesidad y por el que se obtengan beneficios”
Tipos de Empresas:
Una de las primeras preguntas que debe resolver el emprendedor, es cuál es el tipo de Empresa es la que desea configurar, según sus necesidades y deseos, entre los diferentes tipos de empresas, según su clasificación podemos encontrar:
Según su actividad económica:
- Sector primario: Es aquel sector que se ocupa sobre todo en cuanto a la actividad agrícola.
- Sector secundario: Es aquel sector que se ocupa sobre todo en cuanto a la actividad industrial
- Sector Terciario: Es aquel sector que se ocupa sobre todo en cuanto a la prestación de servicios
Según su Creación:
Empresas Individuales (autónoma): Un socio
Es una persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo. Puede tener o no trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
Capital inicial: no se requiere ninguno.
Responsabilidad: El Socio único es responsable con todos sus bienes. Si el empresario está casado, la responsabilidad derivada de su actividad podría alcanzar a su cónyuge, por lo que para conocer la situación se debe tener en cuenta el régimen económico que rige la unión y la propia naturaleza de los bienes
- Emprendedor de Responsabilidad Limitada: Un Socio
Sería la persona física que, con limitación de responsabilidad bajo determinadas condiciones, realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia, una actividad económica o profesional lucrativa, con o sin trabajadores por cuenta ajena a su cargo.
Capital inicial: no se requiere.
Responsabilidad: Permite a los profesionales autónomos no tener que responder con su patrimonio personal a las posibles deudas generadas por su actividad, por ejemplo, con su vivienda habitual. Sin embargo, en la práctica esta restricción está sujeta a varios condicionantes que se deben conocer.
- Comunidad de Bienes: Mínimo Dos Socios
Es la fórmula más adecuada cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece proindiviso a varias personas y forma parte de una actividad empresarial realizada en común, por ejemplo, el alquiler de viviendas y locales.
La comunidad de bienes no tributa por las rentas obtenidas, sino que éstas se atribuyen a los comuneros que las liquidan por IRPF o el Impuesto de Sociedades, principalmente.
Capital inicial: no existe mínimo legal.
Responsabilidad: es ilimitada frente a terceros.
- Sociedad Civil: Mínimo dos Socios
Se trata de un contrato por el que dos o más personas ponen en común capital con propósito de repartir entre sí las ganancias. Su tributación debe ser en el Impuesto de Sociedades cuando tienen un objetivo mercantil, y cuando no es así se atribuyen al régimen al que se acoja cada uno de sus socios.
Capital inicial: Sin mínimo legal
Responsabilidad: Es ilimitada
- Sociedad Colectiva: Mínimo dos Socios
Sociedad mercantil de carácter personalista, en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones.
Capital inicial: sin mínimo legal.
Responsabilidad: ilimitada de todos los socios, que responden de forma solidaria entre ellos y subsidiaria respecto a la sociedad de todas sus deudas.
- Sociedad Comanditaria Simple. Mínimo dos Socios
Sociedad mercantil de tipo personalista. Su peculiaridad es la existencia de socios colectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios, que solamente aportan capital, limitando su responsabilidad a esta aportación.
Capital inicial: no existe mínimo legal.
Responsabilidad: la de los socios colectivos es ilimitada. Socios comanditarios, limitada.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada: Mínimo un Socio
Muy utilizada por el pequeño empresario. Es el tipo de sociedad mercantil más popular, porque evita responder con el patrimonio personal. Divide su capital social en participaciones, que son indivisibles y acumulables. De este modo, está integrada por las aportaciones de todos los socios.
Capital inicial: mínimo 400 $
Responsabilidad: limitada al capital aportado.
- Sociedad Limitada de Formación Sucesiva: Mínimo un Socio
También de nuevo cuño, su objetivo es abaratar la formación inicial de la sociedad al no exigirse ningún desembolso previo.
Por lo demás esta sociedad mercantil cuenta con un régimen idéntico a la Sociedad de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones para garantizar la protección de terceros, lo que incluye límites en las retribuciones de socios y administradores o responsabilidad solidaria en caso de liquidación.
Capital inicial: sin mínimo legal.
Responsabilidad: limitada al capital aportado.
- Sociedad Limitada Nueva Empresa: Mínimo cinco Socios
Otra variante de la Sociedad Limitada, pensada para una puesta en marcha ágil de pequeños proyectos y totalmente telemática. Sin embargo, desde su creación en 2003 no ha atraído al emprendedor como se pensaba.
Capital inicial: de 400$ a 1.200 $.
Responsabilidad: limitada al capital aportado en la sociedad.
- Sociedad Anónima: Mínimo un Socio
Es la sociedad mercantil de los proyectos más ambiciosos y no está muy presente en el territorio de la pequeña empresa. Su capital social, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios. Su fiscalidad se rige por el Impuesto de Sociedades.
Capital inicial: mínimo 2.000 $.
Responsabilidad: limitada al capital aportado.
- Sociedad Comanditaria por Acciones: Mínimo dos Socios
Su capital social se divide en acciones formadas por las aportaciones de los socios. Uno de los socios debe asumir la administración de la sociedad, respondiendo personalmente de las deudas sociales como socio colectivo.
Capital inicial: mínimo 2.000 $.
Responsabilidad: del socio colectivo, ilimitada. Del comanditario, limitada a su aportación.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral
Una fórmula poco utilizada, pese a ajustarse a proyectos cooperativos. Su principal característica es que al menos el 51% del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ella servicios retribuidos de forma personal y directa, y con una relación laboral indefinida.
Capital inicial: mínimo 3.000 €.
Responsabilidad: limitada al capital aportado.
- Sociedad Anónima Laboral: Mínimo dos Socios
Como en la SLL, la mayoría del capital social es propiedad de los trabajadores que prestan en ella servicio retribuido y personal con carácter indefinido, si bien en este caso su fórmula es más adecuada para proyectos con mayores perspectivas de crecimiento.
Capital inicial: mínimo 60.000 €.
Responsabilidad: limitada al capital aportado.
- Sociedad Cooperativa: Mínimo tres socios
Con menor presencia que en otros países de nuestro entorno, pese a ofrecer menor mortalidad empresarial que otras fórmulas y contar con mayores beneficios fiscales.
Es la constituida por las personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para realizar actividades empresariales encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.
Tributa en el régimen especial del Impuesto sobre Sociedades.
Capital inicial: mínimo fijado en los estatutos.
Responsabilidad: limitada al capital aportado en la sociedad.
- Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado: Mínimo tres Socios
Otro de los modelos que integra los objetivos económicos y sociales del proyecto. En este caso, la CTA se constituye por personas que tienen por objetivo proporcionar a sus socios puestos de trabajo a tiempo parcial o completo, a través de la organización en común de la producción de bienes o servicios a terceros.
Capital inicial: mínimo fijado en los estatutos.
Responsabilidad: limitada al capital aportado en la sociedad.
- Sociedades Profesionales: Mínimo un Socio
Activas desde 2007, se crearon para el ejercicio en común de una actividad profesional.
Tratan de ofrecer una seguridad jurídica y un régimen específico que sirve de garantía para los clientes y usuarios. Son sociedades de capital que pueden constituirse como limitadas o anónimas, y están sujetas a especiales requerimientos como que el 75% del capital, del derecho al voto y del patrimonio social esté en posesión de los socios profesionales.
Capital inicial: según forma social que adopte, limitada o anónima.
Responsabilidad: limitada al capital aportado en la sociedad.
- Sociedad Agraria de Transformación: Mínimo tres Socios
Diseñada para proyectos que fomenten mejoras en el medio rural. Se trata de sociedades civiles con finalidad económica y social en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales.
Capital inicial: según la forma social que adopte, limitada o anónima.
Responsabilidad: de las deudas sociales responderá, en primer lugar, el patrimonio social, y subsidiariamente, los socios de forma mancomunada e ilimitada (salvo que por estatutos se haya limitado responsabilidad).
Según su Tamaño:
- Grandes Empresas:
Son aquellas empresas cuyo volumen de negocio haya superado durante el año contable justo anterior, y supere más de los 100 salarios mínimos.
Además, están obligadas a presentar mensualmente sus declaraciones-liquidaciones referentes a retenciones, impuesto sobre el valor añadido (IVA), impuestos especiales y primas de seguros.
- Pymes:
Es toda aquella organización que no pertenezca al grupo de grandes empresas con obligación de declarar mensualmente sus retenciones sobre rendimientos del trabajo y actividades económicas.
La Estructura Legal de una Empresa
Ahora que ya te hemos orientado un poco sobre lo que significa una empresa y su respectiva clasificación, ya debes de tener más o menos una idea sobre lo que quieres para tu empresa y el tipo que deseas constituir.
Pero además de lo que ya te hemos descrito, también existe otro tipo de categorización para las compañías según su estructura legal, las contienen a las anteriores categorías. En la mayor parte del mundo, se usan con mayor frecuencia tres tipos de formas legales para operar pequeños negocios. Estas formas son las siguientes:
- Negocio De Único Propietario (Unipersonal):
Donde sólo una persona funda las actividades comerciales. Esta forma normalmente no tiene muchas formalidades; sin embargo, tiene que pagar los impuestos sobre las ganancias.
La mayor desventaja de ser un único comerciante es que te vuelves totalmente responsable de cualquier deuda que su negocio incurra. Si usted quiebra, sus acreedores tienen el derecho de evaluar y vender sus bienes personales además del negocio. Atacar su patrimonio directamente si lo desean.
- Sociedades:
Donde dos o más personas se juntan para financiar u operar una iniciativa en conjunto. En la práctica, las sociedades son agrupaciones de propietarios únicos, que posteriormente buscan socios.
Existen muy pocas restricciones al establecimiento de un negocio en sociedad con otra persona (o personas), y varias ventajas concretas. Al agrupar los recursos, puedes tener más capital.
Estará trayendo diferentes conjuntos de habilidades al negocio. Existe un Respaldo por parte de los demás Socios para levantar la Empresa.
La Mayor desventaja es que si un Socio, comete un error comercial. Quizás firmando un contrato desastroso, sin su conocimiento o consentimiento. Aun así, cada miembro de la sociedad debe asumir la responsabilidad, aunque no sea su culpa.
- Corporaciones/Compañías Limitadas
Como el nombre lo sugiere, en esta forma de negocio su obligación se limita al monto que usted a través del capital accionario.
Es una entidad legal separada. La responsabilidad de los accionistas se limita al monto aportado o al capital accionario emitido. Sin embargo, existen muchas restricciones en la compañía.
La mayor desventaja es que es más cara de establecerlas y hay más reglas que cum
plir.
¿Es Rentable Crear una Empresa?
Después de establecidos los conceptos para la creación, formación y tramitación de una Empresa, todo emprendedor debe ajustarse a la realidad y llegar a una conclusión sobre si tiene la capacidad para realizar una Empresa y si esta es rentable.
Pero bueno todo dependerá como ya hemos dicho, de las circunstancias de la persona, porque aunque se te presenten todas las oportunidades, debes hacer un estudio de tus posibilidades, una lista de los beneficios y de la desventajas para poder analizar tu situación.
¡Esperamos que esta información te haya sido de utilidad, para crear y montar tu negocio. Reúne y sigue los pasos y requisitos para crear una Empresa en Ecuador!