¿Quieres dar el siguiente paso con tu pareja? ¿Formalizar su relación? El Matrimonio es la unión formal de dos personas, de un hombre y una mujer, la cual se concreta mediante procedimientos legales o determinados ritos religiosos, donde se contrae una relación significativa que implica la adquisición de diversos derechos y obligaciones.
Este acto representa un vínculo y compromiso afectivo reconocido a nivel cultural, social y legal.
Pero ahora, que ya sabes lo que quieres con esa persona especial. ¿No sabes cómo hacerlo posible? ¿Que documentos necesitas? ¿Que tipo de ceremonia realizar? ¿Donde hacerla? ¿Es muy costoso?
¡Pues aquí te invitamos a conocer todos los Trámites y Requisitos para Casarse en Ecuador!
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Requisitos para Casarse en Ecuador
Estos días, las ceremonias civiles en Ecuador se están volviendo tan populares como las ceremonias religiosas.
Sin importar cual sea el tipo de ceremonia que desees realizar, aquí te dejamos los requisitos para cada una:
Casarse por el Registro Civil
- Una vez tomada la decisión debes acudir al Registro Civil de tu ciudad para agendar el Matrimonio con un mínimo de 15 días y máximo un mes de Anticipación a la fecha que se desea celebrar la Boda.
- La Presencia de Ambos Contrayentes
- La Presencia de dos Testigos
- Si los Contrayentes son Menores de Edad, se necesitará de La Presencia de su Padre, Madre o de la Persona a cuyo cargo esté la Patria Potestad del Menor
Casarse por la Iglesia
- Reservar la Fecha minimo 1 Mes antes de la Ceremonia
- Los Contrayentes deben de estar Bautizados
- Y haber Realizado la Confirmación
- Así como también deben de haber realizado el Curso Prematrimonial
- Dos Padrinos ( deben de ser una Pareja Casada por la Iglesia)
Documentos para Casarse en Ecuador
Así mismo también te explicaremos que documentos necesitas para casarte en Ecuador:
Casarse por el Registro Civil
- Cédula de Ciudadanía de los contrayentes (Original y Copia Legible)
- Certificado de Votación de los contrayentes (Original y Copia Legible)
- Cédula de Ciudadanía o Identificación de los Testigos (Original y Copia Legible)
- Certificado de Votación de los Testigos ( Original y Copia Legible).
- Si los Contrayentes tienen hijos Menores de Edad en Común presentar Partida de Nacimiento
- Si tienen hijos Menores de Edad bajo su Patria Potestad, deben presentar Curaduría Especial Protocolizada
- Si estuviere Administrando Bienes de los Menores de Edad que se encuentran bajo su Patria Potestad presentar Inventario Solemne de Bienes, trámite que debe ser practicado ante un Juez de lo Civil
- En caso de no ejercer la Patria Potestad del Menor presentar Declaración Juramentada de no tener la Patria Potestad, trámite que se realizará en una Notaría
Existen además otros requisitos que se podrían exigir, dependiendo de la condición legal de los contrayentes:
Si uno o los dos Contrayentes son Menores de Edad:
- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del/la contrayente menor de edad (Válida por 90 días).
- Autorización firmada del Padre, Madre o Persona a cuyo cargo está la Patria Potestad del Menor.
- Original y Copia Legible de la Cédula de Ciudadanía y Certificado de Votación del Padre, Madre o Persona a cuyo cargo está la Patria Potestad del Menor.
- Si uno de los Padres del Menor ha fallecido debe presentar Partida de Defunción.
- Si uno de los progenitores están Inhabilitados de ejercer la Patria Potestad dará la autorización el Tutor o Curador o quien ejerza la Patria Potestad.
Si uno o los dos Contrayentes son Divorciados:
- Cédula de Ciudadanía de los Contrayentes, con el Estado Civil actualizado (Original y Copia legible).
- Partida de Matrimonio con la correspondiente Subinscripción de Divorcio.
- Copia certificada de la Sentencia de Divorcio otorgada por el Juzgado o por la Jefatura de Registro Civil
- Identificación y Cedulación del lugar donde se realizó la Subinscripción del Divorcio
- Acta debidamente Notariada que declare la Disolución del Vínculo Matrimonial
- No podrá contraer Matrimonio dentro del año siguiente a la fecha en que se ejecuto la sentencia, quien fue actor en el Juicio de Divorcio, si el fallo se produjo en Rebeldía del Cónyuge Demandado.Esta prohibición no se extiende al caso de que el nuevo matrimonio se efectúe con el último Cónyuge.
- La mujer cuyo matrimonio se a disuelto por Nulidad o Divorcio, no podrá contraer nuevo matrimonio, sino han transcurrido por lo menos Trescientos días desde la fecha en que Subinscribio la Sentencia en el Registro Civil.Salvo que probare ante el Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación, o autoridad que celebre el matrimonio mediante certificado médico otorgado por hospital o centro de salud pública o privado que no se encuentra Embarazada.Sin embargo, podrá contraer matrimonio, sin presentar certificado médico, si el nuevo matrimonio se efectúa con el último cónyuge, o si el futuro cónyuge expresa, ante la autoridad que celebra el matrimonio reconocer como suyo el hijo que está por nacer.
Si uno o los dos Contrayente son Miembros de Fuerzas Armadas:
- Presentar Credencial del Militar (Original y Copia Legible).
Si uno o los dos Contrayentes son Viudos:
- Cédula de Ciudadanía de los Contrayentes, con el Estado Civil Actualizado (Original y Copia legible)
- La Viuda no podrá contraer nuevo matrimonio, si no han transcurrido por lo menos Trescientos días desde la fecha en que falleció su Marido.Salvo que probare ante el Jefe de Registro Civil, Identificación y Cedulación o autoridad que celebre el matrimonio, mediante certificado médico otorgado por hospital o centro de salud pública o privado, que no se encuentra Embarazada.Sin embargo, podrá contraer matrimonio, sin presentar el certificado médico, si el futuro cónyuge expresa ante autoridad que celebra el matrimonio, reconocer como suyo el hijo que está por nacer.
Si uno o los dos Contrayentes es Extranjero Residente:
- Pasaporte y Visa de residente, (Original y Copia legible).
- Censo vigente, (Original y Copia legible).
Si uno o los dos Contrayentes es Extranjero No Residente:
- Movimiento Migratorio .
- Permanencia legal de 75 días .
- Pasaporte y Visa de no inmigrante, (Original y Copia legible).
- Certificado de Nacimiento y Estado Civil Apostillado y legalizado en la Embajada o Consulado del país de origen en el Ecuador, traducido de ser el caso.
- En caso de que no exista embajada, consulado o representante diplomático del país de origen acreditado en el Ecuador, el Ministerio de Relaciones Exteriores certificará sobre este particular, por lo que el contrayente extranjero deberá realizar declaración juramentada ante autoridad competente, en el que indique su estado civil, nacionalidad, fecha de nacimiento y nombre y apellido de los padres.
Si uno o los dos Contrayentes son Miembros de la Policía en Servicio Activo:
- Credencial de Policía (Original y Copia legible).
- Autorización de Matrimonio emitida por la Comandancia General o Jefe inmediato.
Si uno o los dos Contrayentes son Refugiados:
- Tarjeta de identificación de refugio (Original y Copia legible).
- Censo vigente (Original y Copia legible).
Casarse por la Iglesia
- Certificado de Bautismo
- Certificado de Matrimonio Civil
- Certificado de Curso Prematrimonial
- Certificado de Soltería
- Copia de la Cédula de los Padrinos de Boda.
Estos son los documentos que se necesitan y que se deben de llevar a la parroquia.
Dolores Zambrano, secretaria de la parroquia La Catedral, explica que hay casos en los que se también se pide:
- Certificado de Divorcio
- Certificado de Defunción del Ex Cónyuge
- Certificado de Dispensa (en caso de parentesco).
Pasos para Casarse en Ecuador
Si tienes todos los Documentos y Requisitos para Casarte en Ecuador, pero todavía no entiendes cómo iniciar el proceso para solicitar tu Matrimonio, no te preocupes, que aquí te lo dejamos bien explicado, paso a paso:
Casarse por el Registro Civil
Quienes están listos para casarse en los próximos meses, deben conocer los trámites a cumplir, previo a la ceremonia civil.
Según información brindada por la oficina local del Registro Civil:
Primero los contrayentes deberán cancelar el valor correspondiente a la tarifa de matrimonio en la institución o fuera de ella, más el valor de las cédulas con su nuevo estado civil.
Se debe de reservar la fecha del Matrimonio, si es fuera de la Sede, debes de considerar que no todos los funcionarios quieren realizarlos, fuera de su horario de trabajo, así que debe dejar ese punto muy en claro.
Es necesaria la presencia de uno de los contrayentes al momento de pedir la solicitud de matrimonio para la verificación de la información, original de cédulas de ciudadanía o documentos de identidad actualizados de los contrayentes y testigos y entregar los Documentos Requeridos según cada Caso.
Si los matrimonios no fueren celebrados en la fecha señalada, el valor cancelado no será reembolsado
Casarse por la Iglesia
La reservación de la iglesia se debe hacer la reserva con anticipación puede ser de un año o más ya que en muchos casos la iglesia puede estar ocupada para la fecha que decidieron contraer matrimonio.
Tener un permiso del párroco si la pareja decide casarse en un lugar diferente si tiene parroquia deben acudir a la parroquia que pertenecen y pedir un permiso para casarse en otro lugar.
Se deben de entregar oportunamente los documentos legales que se requieran, como la cédula de identidad, el pasaporte en caso de que sea extranjero, la fe de bautizo, el certificado de la confirmación, la partida de matrimonio civil.
El curso prematrimonial el certificado de haber cruzado el curso pre matrimonial donde se dan charlas de importancia para la pareja pero lo más importante en el que DIOS esté presente en su hogar.
Deberán realizar con Anterioridad la Declaración de la Soltería cada una de la pareja deberán hacer la declaración de soltería ante DIOS y cada uno de los novios deberá tener un testigo con su certificación.
¿Donde Acudir para Casarse?
Casarse por el Registro Civil
Para Casarse por el Registro Civil, se debe acudir a la Sede mas cercana o de su preferencia, para hacer la solicitud de matrimonio civil.
Casarse por la Iglesia
Para Casarse por la Iglesia, se debe de acudir a la Parroquia mas cercana o de su preferencia, para hacer la solicitud de matrimonio eclesiástico.
¿Cuánto Cuesta Casarse en Ecuador?
Casarse por el Registro Civil
Dependiendo de en donde deseas que se realice la ceremonia, pueden aplicarse estas dos tarifas:
-
Matrimonio en el Registro Civil:
Aproximadamente puede costar 50.00$ USD
-
Matrimonio fuera de la Sede del Registro Civil:
Inicialmente el valor se encuentra entre los 250.00$ USD, pero puede variar dependiendo del lugar y la hora.
-
Casarse por la Iglesia
Dependiendo de donde se realice la ceremonia, los precios pueden variar entre 50$ USD hasta 500$ USD.
También hay una garantía de 50$ USD, que es devuelta si se llegan a cumplir condiciones como llegar puntual y enviar los documentos a tiempo.
Dependiendo del templo, el matrimonio podría tener una “ofrenda” de entre 100$ USD , 220$ USD, 235$ USD o 300$ USD.
¡Esperamos que este artículo te haya servido de ayuda! No olvides comentar y compartir.