Formulario 5 Banco de la República

El Formulario 5 del Banco de la República es uno de los más utilizados en el territorio nacional y también uno de los más buscados. Si te preguntas porqué, esto es debido a su importancia dentro de las operaciones bancarias.

Y, si llegaste a este artículo en busca de repuestas, no tienes porqué buscar más. Aquí te enseñaremos todo lo que necesitas saber sobre el Formulario 5 del Banco de la República.

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Formulario 5 del Banco de la República

Claro que para poder utilizar este formulario primero hay que entender que se trata de uno de los principales Formularios que se utilizan en las operaciones bancarias de Colombia. Es pedido y expedido por el Banco de la República.

¿Alguna vez han necesitado divisas extranjeras? ¿O quizá hacer transferencias o cambios? Entonces el Formulario 5, que es precisamente la Declaración de Cambio por Servicios, Transferencias y otros Conceptos, es el que has estado necesitando.

Instructivo Formulario 5

Sin embargo, seguramente ahora se estarán haciendo muchas preguntas de como se utiliza. O, de quÉ forma debe llenarse ese formulario.

Es probable que incluso haya algunos que ya se estén imaginando alguna clase de ser espectral en forma de formulario escrito. Pero no hay nada más lejos de la realidad.

De hecho, el propio Banco de la República se ha encargado de hacer un instructivo. En él enseña cuáles son sus partes. Qué debe tener y cómo ha de ser llenado para su correcto uso y aceptación por parte de las unidades bancarias correspondientes.

A pesar de que al inicio, a penas se vea el formulario, lo que vean sea solamente una cantidad de letras ininteligibles. Nosotros estamos aquí para ayudarte y enseñarte como debe leerse y llenarse.

  1. Lo primero que hay que entender es que cada uno de los apartados están divididos en dos o más casillas. La primera de todas se divide en dos: Número. Que es la casilla en la cual se deberá aclarar el inicial, la devolución, el cambio de formulario y la modificación. En la segunda se marca si la operación es un ingreso o un egreso.
  2. El segundo apartado. Es para identificar la declaración con el Nit del I.M.C., fecha AAAA-MM-DD en la que se efectuó la compra o la venta de divisas y el número que asignó el I.M.C.
  3. El tercer apartado. Identificación de declaración del cambio anterior. Hace referencia a cual fue el justo anterior al que se está identificando en la sección anterior. Deberá llenar las mismas casillas pero con los datos correspondientes.
  4. Cuarto apartado. Es para identificar a la persona o empresa que se ha encargado de la compra o venta de divisas. En estas casillas lo que deberá llenar es simplemente el nombre de la persona, idenficación, dirección y datos personales que piden.
  5. En el quinto apartado tendrán que describir qué tipo de operación es. Expresarla en dólares norteamericanos y cuál es su cambio equivalente si se trata de otra moneda.
  6. El sexto apartado es para dar la información sobre el tipo de operación que se está realizando. En la primera de las casillas deberá colocar el numeral según el concepto de lo cual haya sido la transacción y en la segunda el valor de la transacción en dólares estadounidenses.
  7. Por último, en el séptimo apartado se encuentran las casillas correspondientes a la identificación del declarante. Solamente hay tres. En la primera deberá colocar su nombre y apellidos, en la segunda va el número de identificación y en la última la firma.

Hasta el momento todo es bastante sencillo, ¿no es así?

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Qué es y para que sirve el formulario 5

Seguramente muchos de los que han llegado hasta este artículo nunca habrán llenado el Formulario 5. Quizá antes de que se los pidieran en sus bancos jamás habían escuchado hablar de él. Quizás se preguntarán ¿qué es este formulario? ¿Para qué se supone que deberá servir esto en el día a día?

Hay que responder a estas preguntas de forma ordenada, ya que ambas son importantes.

Lo primero que hay que aclarar es que el formulario 5 se trata de una declaración de cambio que pide el Banco de la República cuando se realiza cualquier tipo de transacción de divisas en todo lo relacionado a servicios y transferencias, además de otros conceptos.

De hecho, su nombre completo es Declaración de Cambio por Servicios, Transferencias y otros Conceptos – Formulario No. 5. Ya por ahí se pueden dar una idea de cual es su verdadera naturaleza.

En general, todos los formularios de cambio tienen cuatro funciones básicas. Notificar la primera vez que se hace este tipo de transacción; la de devolución en el caso de que una parte o de forma total se deba devolver lo girado; modificación en el caso de que se necesite cambiar algo dentro de la declaración inicial; y por supuesto para cambio, bien sea de divisas a moneda nacional o al revés.

El formulario 5 sirve en específico para hacer transacciones de transferencia, servicios y otros conceptos, así como también notificar cuando se haga alguna de estas acciones, pero nunca utilizarse para notificar sobre la importación de bienes, exportación d

e bienes, endeudamiento externo o inversiones internacionales, ya que para estas hay otros formularios específicos, y de utilizarse este se podría caer en problemas de tipo legal.

También es destacable decir que este procedimiento también deberá ser utilizado para la compra o adquisición de moneda extranjera (divisas) con destino a las cuentas bancarias en moneda extranjera en entidades financieras ubicadas en el exterior de la República de Colombia.

Declaración de Cambio por Servicios, transferencias y otros conceptos

Llegados a este punto muchos deben estar preguntándose cómo se encuentra, si es muy complicado hacerse con ella y que tan difícil debe ser llenarla. De nuevo estarán imaginando un monstruo de letras.

Y de nuevo estarán absolutamente equivocados, ya que si le dan click aquí podrán ir directamente al enlace de descargue.

Y si siguen con calma la descripción de como debe llenarse, y qué es lo que la compone, seguramente no tendrán ninguna dificultad a la hora de completarla y entregarla frente a las autoridades competentes.

Datos mínimos

Claro, hay algunas normas que deben ser respetadas como mínimo para que se pueda procesar de forma correcta este formulario. Una de ellas es que deben ser residentes de la República de Colombia, con un banco en esta nación y cuenta en la moneda de curso legal del país (que en este caso es el Peso Colombiano).

Teniendo esto claro, los residentes podrán hacer compras y ventas de divisas por concepto de servicios y transferencias (entre otros), bien sea en entidades nacionales o internacionales.

Los datos mínimos deberán ser suministrados por parte de los residentes a través de la Declaración de Cambio a los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC), que serán los encargados de suministrar esta información a todas las fuentes que le sean competentes y de interés.

Este mismo procedimiento que se ha descrito será el que debe ser utilizado en el caso de que se vaya a hacer algún tipo de compra de divisas. ¿Destino? A las cuentas bancarias en moneda extranjera en todas aquellas entidades financieras en el exterior del país.

Normatividad

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Por supuesto que como todas las cosas relacionadas con los bancos y las normativas bancarias, hay toda una serie de leyes que rigen estos formularios de cambio. En el caso del Formulario numero 5, hay algunas leyes importantes que se mencionan a continuación:

  • La ley 9 de 1999, en particular en su artículo 6, el cual dice en su parágrafo que “Los ingresos de divisas por concepto de servicios prestados por residentes en el país, quedarán exentos de la obligación de ser transferidos o negociados a través de mercado cambiario.”
  • También Decreto Único 1068 de 2015, publicado el 26 de Mayo de ese mismo año, en su libro 2, la parte 17, hace referencia a todo el reglamento del sector Haciendo y Crédito Público, el cual busca regular todo lo referente a las divisas y su cambio en el país, tanto de moneda extranjera a nacional como al revés.
  • También en la publicación de Resolución Externa 8 de 2000 y sus modificaciones (Del artículo 75 al 78), tienen una mención especial sobre todo lo relacionado con el movimiento de divisas en el territorio colombiano, en la cual prohíben todo tipo de transacción hecha en moneda extranjera dentro del territorio de Colombia, así como también describen la forma en la cual los residentes del país podrán comprar y vender divisas de forma profesional.
  • Por último tenemos que en la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 y sus modificaciones (Capítulo 10) hablan precisamente de todas aquellas operaciones que pueden hacerse en divisas extranjeras de forma legal y autorizada, tanto para residentes como para no residentes.

La relación entre divisas y bancos nacionales puede no ser muy amistosa. En el caso del formulario 5, se facilitan mucho las cosas en cuanto a qué se puede y cómo se puede mover el dinero.

Si llegaste hasta aquí en el artículo, habrás notado que es mucho más sencillo hacer las operaciones y transacciones de lo que parece. ¡Éxito!