Sabía que es necesario que realice su declaración anual en las rentas, si no estaba en conocimiento de ello le explicaremos como puede realizarlo sin inconvenientes
ÍNDICE DE CONTENIDO
Qué es la declaración de renta anual
Lo que es el impuesto de la renta es uno de los tipos de impuestos que debe encargarse de cancelar todos los que son contribuyente, en lo que se refiere a lo que son las utilidades y las rentas que se hayan obtenido en un año.
Este es el año en que se debe realizar el pago anual.
Para estos pagos debe considerarse lo que se toma en cuenta para determinar el valor de la renta que se desea cancelar:
- movimientos financieros
- Identificar los topes que los exonera o los habilita para tributar
- Patrimonio
- A qué grupo de contribuyente pertenece.
- Ingresos
Por lo visto al igual que lo encontrado en este impuesto, las llamadas facturas electrónicas serán los que se encuentran en la obligación que deben cumplirse e implementar de manera adecuada.
Esta declaración es a su vez un tipo de documento con el cual se suelen asignar distintos egresos, ingresos e inclusive las inversiones.
Estos serán presentados en frente a la dirección de lo que son los impuestos e incluso las aduanas de la nación por sus siglas DIAN, este es utilizado a su vez por el estado que permita calcular si la persona contribuyente tiene que pagar además sus impuestos
Plantilla DRPN
Los requisitos que se le podrían solicitar para el momento de realizar esta declaración sobre la renta:
Se solicita la firma del que será el contador público, este es un tipo de obligación que se encontrase en el artículo 596, este habla de que cada empresa se encuentra obligada a tener a una persona que sea el revisor fiscal que debe firmar y hacer creíbles las declaraciones.
Esta obligación al obtener un revisor fiscal proviene desde el mismísimo código del comercio.
Las empresas que se verán obligadas a presentar a un revisor fiscal a partir del año 2018 son las siguientes:
Todas las empresas que hasta el año anterior se encuentren en posesión de los ingresos brutos más elevados a los $3 688 585 000 o que fuesen al menos mayores a los $2 213 151 000.
Todas las empresas se encuentran en la obligación de llevar adecuadamente la contabilidad sin importar que no se encuentren en esta obligación de obtener a un revisor fiscal.
Si su patrimonio se encuentra más elevado que los 100 000 UVT deben encargarse también de hacer firmar su declaración de la renta por una persona contadora pública.
Si no tiene la firma de un contador se puede considerar en términos bastantes generales que la declaración que se presentó no fue considerada y ella se encargara de acarrearle algunas sanciones.
Quiénes deben presentar la declaración
La gran mayoría de las empresas con la notable excepción de las empresas que estén claramente contempladas en lo que indica el estatuto de los tributos, o las personas que no son contribuyentes con sus respectivos impuestos.
A las personas que son naturales también se encuentran en la obligación de presentarlos, con la excepción de los que no están perteneciendo al régimen común que se encuentra con el impuesto hacia las ventas que no estén excediendo a sus topes de los ingresos.
En conclusión se puede decir, que esta declaración debe realizarlo todos los que son contribuyentes y también las empresas que estén excediendo los topes del patrimonio siempre que estos no excedan a los económicos
Cuáles son los plazos para presentar la declaración
El plazo encargado de la presentación y la cancelación de la declaración, esta debe ser pagada en el equivalente a solo una cuota que tenga su valor total el del impuesto de la renta, su complementario y lo que es el anticipo.
Su fecha de vencimiento es las que le presentamos aquí, y se toma según los últimos dígitos que haya presentado su identificación tributaria mejor conocido como el NIT.
Si los dos últimos dígitos de tu NIT son | Puede pagarlo hasta el día |
99 y 00 | 6 de agosto de 2019 |
97 y 98 | 8 de agosto de 2019 |
95 y 96 | 9 de agosto de 2019 |
93 y 94 | 12 de agosto de 2019 |
91 y 92 | 13 de agosto de 2019 |
89 y 90 | 14 de agosto de 2019 |
87 y 88 | 15 de agosto de 2019 |
85 y 86 | 16 de agosto de 2019 |
83 y 84 | 20 de agosto de 2019 |
81 y 82 | 21 de agosto de 2019 |
79 y 80 | 22 de agosto de 2019 |
77 y 78 | 23 de agosto de 2019 |
75 y 76 | 26 de agosto de 2019 |
73 y 74 | 27 de agosto de 2019 |
71 y 72 | 28 de agosto de 2019 |
69 y 70 | 29 de agosto de 2019 |
67 y 68 | 30 de agosto de 2019 |
65 y 66 | 2 de septiembre de 2019 |
63 y 64 | 3 de septiembre de 2019 |
61 y 62 | 4 de septiembre de 2019 |
59 y 60 | 5 de septiembre de 2019 |
57 y 58 | 6 de septiembre de 2019 |
55 y 56 | 9 de septiembre de 2019 |
53 y 54 | 10 de septiembre de 2019 |
51 y 52 | 11 de septiembre de 2019 |
49 y 50 | 12 de septiembre de 2019 |
47 y 48 | 13 de septiembre de 2019 |
45 y 46 | 16 de septiembre de 2019 |
43 y 44 | 17 de septiembre de 2019 |
41 y 42 | 18 de septiembre de 2019 |
39 y 40 | 19 de septiembre de 2019 |
37 y 38 | 20 de septiembre de 2019 |
35 y 36 | 23 de septiembre de 2019 |
33 y 34 | 24 de septiembre de 2019 |
31 y 32 | 25 de septiembre de 2019 |
29 y 30 | 26 de septiembre de 2019 |
27 y 28 | 27 de septiembre de 2019 |
25 y 26 | 30 de septiembre de 2019 |
23 y 24 | 1º de octubre de 2019 |
21 y 22 | 2 de octubre de 2019 |
19 y 20 | 3 de octubre de 2019 |
17 y 18 | 4 de octubre de 2019 |
15 y 16 | 7 de octubre de 2019 |
13 y 14 | 8 de octubre de 2019 |
11 y 12 | 9 de octubre de 2019 |
09 y 10 | 10 de octubre de 2019 |
07 y 08 | 11 de octubre de 2019 |
05 y 06 | 15 de octubre de 2019 |
03 y 04 | 16 de octubre de 2019 |
01 y 02 | 17 de octubre de 2019 |
Qué pasa si no declaro la renta
Si usted es una de las personas que se encuentran entre los tres millones de los contribuyentes que deben presentarlo en lo que es de manera obligatoria, y se le recomienda en todo momento no descuidarse.
Por un simple descuido puede ser el causante de una sanción que por lo mínimo que está indicando el año puede ser de $343.000.
En formas generales, pueden ser parte de las situaciones en las cuales se encuentre lo que es la administración tributaria que se encuentra sancionando a estos contribuyentes que despistados presentan su declaración luego del máximo plazo
Estas son personas las cuales se encuentran de cumplir de forma directa con lo que es su obligación y en algunos casos cuando lo realiza este trámite se encuentra presentando errores.
En el primero de los casos que le hemos nombrado se le encuentra conociendo como fuera de tiempo, si esta se le está dando al encontrarse contribuyendo que lo dice que se pasó de la fecha máxima que se le permitió con los indicados en sus números del NIT
Si este es el caso en el momento que se realiza para declarar su declaración con una sanción de un extra de un 5% con lo que corresponde al cargo de su declaración por cada mes que este en el retardo e incluso los intereses de mora que correspondan.
Un ejemplo que ha decidido presente un reconocido docente y contador, que explica que si un trabajador se encuentra realizando la presentación de un impuesto de 15 millones que le hayan practicado alguna retención de sus ingresos laborales de los 12 millones.
Este tendría que cancelar ante la DIAN un monto de lo que son 3 millones. Pero aun así sin embargo si se pasa así sea un solo día podría tener que cancelas 3.7 millones.
Si este pago lo realiza luego de tres meses esto puede ascender a los 5,4 millones, Esto se debe a que los intereses en el DIAN son realmente los más altos que están en el mercado.
Importancia de hacer mi declaración de renta anual
Realizar este pago tiene una importancia bastante alta, esto se debe a que con este dinero posteriormente se realizaran las mejoras necesarias para el país o cada estado, por lo que se le invita a no olvidar cancelarla.
¡Éxito!