Trámites y Requisitos para adoptar en Chile

Como en todos los países del mundo muchas parejas tienen problemas para concebir y desean adoptar un hijo. También existe caso en los que una pareja quiere adoptar a un menor de edad, ya sea porque los padres del mismo no se encuentran presentes por diversos motivos.

adopta

Independientemente del motivo por el cual unas personas quieren adoptar a un menor, hay que seguir ciertos pasos y requisitos para adoptar Chile, como son estos pasos y requisitos tienen que cumplirse de esta manera.

ÍNDICE DE CONTENIDO

Requisitos para adoptar en Chile

Los requisitos para adoptar en Chile se basan en cómo tiene que estar la pareja o la persona que va adoptar al menor y debe como mínimo estos requisitos

  • Las personas que van adoptar al menor deben tener un edad comprendida entre los 25 años y 60 años. Esta edad puede variar dependiendo de lo dicte el juez pero la extensión no puede pasar de los 5 años
  • La diferencia de edad que debe existir entre al adoptante y el adoptado debe ser como minino de 20 años de diferencia en cualquiera de los casos de adopción.
  • Si la pareja que va adoptar esta casado, deben tener como mínimo 2 años de matrimonio, esta regla no aplica si uno o los dos cónyuges es infértil.
  • Las personas que va adoptar debe tener una evaluación tanto física, psicológica y morales idóneos, por parte del Servicio Nacional de Menores o algún organismo acreditado ante éste para desarrollar programas de adopción.
  • Los padres adoptivos de nacionalidad extranjera deben tener residencia permanente en el país.

Estos requisitos donde no se menciona la relación en parejas, también son válidos para las personas que están Divorciadas, viudas o solteras que también tiene deseos de adoptar.adopcion 4

La fundación San José para la adopción

La fundación San José para la adopción tiene sus propios requisitos para adoptar, esta fundación solo se hace adopciones a personas que estén casadas. Lo requisitos de esta fundación son estos:

  • La pareja debe estar casada civilmente.
  • La Edad de los cónyuges no debe superar los 48 años, a la fecha en que entregan sus antecedentes.
  • Los postulantes deberán tener domicilio en la región metropolitana; V, VI y VII región (*).
  • En el caso de los matrimonios extranjeros, éstos deberán tener residencia permanente en Chile.
  • Tener ingresos económicos que permitan un adecuado bienestar del niño.
  • Enseñanza media completa de en ambos cónyuges.
  • Que no existan enfermedades invalidantes crónicas o con riesgos de muerte.
  • Postulación a la adopción, únicamente con una sola institución.

(*)Sólo se consideran las regiones mencionadas porque la fundación únicamente tiene sede Santiago y respecto del resto de las regiones sería difícil acompañar a los matrimonios postulantes. En estos casos, los trámites deben realizarse directamente en las oficinas regionales del SENAME.

Requisitos que debe tener el adoptado

Para que un niño o niña pueda entrar en la lista para la adopción también debe tener unos requisitos para ser adoptado y son estos que se van a mencionar a continuación:niño adoptado

  • El niño o niña debe tener una edad menor de 18 años.
  • Los padres biológicos del menor debe expresar ante un juez que no pueden hacerse cargo por problemas económicos.
  • Que el niño o niña haya sido declarado apto para ser adoptado por un juez debido a una de las siguientes causas:
  • Que los padres biológicos del menor se encuentre incapacitados tanto física como moralmente para hacer cargo del niño o de la niña.
  • Si el niño o niña no le dan la atención personal o económica durante un periodo de dos meses. Si el niño tiene un año solamente será puesto en adopción si tiene un lapso de 30 días sin ningún tipo de atención por parte de su representado.
  • Si el niño es abandonado en una institución pública, también si la persona que dejo al menor es dicha institución no se ha manifestó en 2 meses con manutención del menor.

Documentos para adoptar en Chile

Los documentos para la adopción en Chile forman parte del proceso de darle a un niño, niña o adolescente. Estos son los documentos necesarios:

  1. Fotografías recientes de él o los solicitantes.
  2. Certificados de nacimientos de él o los solicitantes y del matrimonio cuando corresponda.
  3. Informe de familia, destinado a evaluar las condiciones socioeconómicas, familiares de él o los solicitantes.
  4. Informe psicológico destinado a evaluar la salud mental de los postulantes y su capacidad para asumir funciones paternales.
  5. Certificados de la salud física y antecedentes médico relativos a su infertilidad, cuando corresponda.
  6. Antecedentes sobre la capacidad económica de él o los postulantes.
  7. Certificado de antecedentes para fines especiales de él o los solicitantes.
  8. Cartas de parientes cercanos y personas conocidas, donde den cuenta de su opinión respecto de la futura y eventual incorporación del adoptado o adoptada a la familia y acrediten su honorabilidad.
  9. Autobiografías de él o los postulantes.
  10. Copia autorizada de la resolución judicial que declara que el niño o la niña puede ser adoptado.

Proceso para adoptar en Chile

Los interesados en adoptar a un menor, deben acercarse al Servicio Nacional de Menores o a algunas de las instituciones acreditadas ante éste ente del menor, para formar parte de la nómina de la personas interesadas en la adopción, la que distingue entre aquellos que residen en el país y los que no.

Este programa de adopción debe procurar al niño una familia responsable. adopta en chileDebe brindar apoyo y orientación a su familia de origen, recibir al niño y cuidarlo. También hará la evaluación técnica de los solicitantes y la preparación de éstos como familia adoptiva.

Previo al trámite de la adopción que se señala a continuación, el niño o niña debe haber sido declarado o declarada susceptible a ser adoptado o adoptado dependiendo el caso, a través de un procedimiento judicial que constata la situación del niño o de la niña en relación a su familia de origen, y contempla la posibilidad de que ésta se oponga y haga valer sus derechos. Dicho procedimiento puede iniciarse de oficio por el juez a solicitud del Servicio Nacional de Menores o el organismo acreditado bajo cuyo cuidado permanece el niño o la niña, o bien por las personas naturales o jurídicas que lo tengan a su cargo.

Solicitud de adopción

La persona que desea adoptar a un niño, niña o adolescente debe ingresar la página del Sename Adopción Nacional o Adopción Extranjero dependiendo sea el caso de cómo se va adoptar

Etapa de evaluación y aprobación

Para cada tipo de adopción existe un tipo de evolución y aprobación para que la persona que va adoptar pueda recibir a su futuro hijo o hija.

Evolución y aprobación de adopción nacional

Después de que se registran en portal de SENAME deben comunicarse telefónicamente con las unidades de adopción que se encuentran en la región donde viven o inscribirse en los talleres de adopción directamente en la unidad de adopción.

En la unidad de adopción donde se va empezar el proceso de adopción a él o los futuros padres cumplen con los requisitos tanto legales como técnico se le realiza una entrevista, de la cual se remitirá a una evaluación psicológica y social con profesionales externos a SENAME, dándosele a conocer que es necesario reunir para concretar su solicitud.familia adoptiva

Si el resultado de la evaluación social y psicológica es favorable para los que están interesados o a las que están interesadas en adoptar a un niño o a una niña, siendo declarados por la respectiva Unidad de Adopción Regional, ingresarán al registro de personas residentes en Chile interesadas en adoptar a un niño, a una niña o adolescente, de acuerdo a lo prescrito por el artículo 5 de la ley N°19620. Dicho momento constituye el hito en que por primera vez podrá ser considerado como postulante a adopción, y a la esperar de concretar su enlace con un niño o niña en particular.

Si por el contrario los interesados o las interesadas son contraindicados temporalmente por los profesionales que los han evaluado por la correspondiente Unidad de adopción, serán derivados a terapia, para ser revaluados después de cumplido el proceso terapéutico.

De ser negativo el resultado, se dará a conocer a los interesados o interesadas los fundamentos del rechazo

Una vez que el postulante o los postulantes ya se encuentran en el registro, deben esperar a que se les asigne un niño, niña o adolescentes, en un período que puede demorar desde 18 a 24 meses aproximadamente.

En el momento en que ha ingresado a la respectiva Unidad de Adopción un niño, niña o adolescente, en condiciones de ser adoptado, desde el punto de vista legal, se procede a ubicar entre los postulantes la mejor alternativa de familia para él o ella.

A continuación, se debe proponer formalmente al Tribunal correspondiente la opción seleccionada, a través de una terna o en forma individual, según sea el procedimiento establecido para este efecto por el Tribunal.

Si el Tribunal ha decidido a favor de la familia, el niño o niña entonces es propuesto a ella. Si la familia acoge dicha proposición, es planificado el encuentro con el niño o niña, para luego comparecer ante el Tribunal de Familia correspondiente a solicitar su cuidado personal.adoptar es una opcion

Si el Tribunal confía la entrega del cuidado personal del niño o niña a la familia, con posterioridad se inicia el trámite para concretar la adopción ante el Tribunal de Familia, correspondiente al domicilio del niño o niña.

Finalmente, se realizan actividades de seguimiento del niño o niña y la familia adoptiva, tales como visitas domiciliarias y talleres post-adoptivos.

Evolución y aprobación de adopción internacional

Con la aceptación oficial, SENAME iniciará el proceso de preparación del niño 0 niña para su adopción, intervención que se prolonga durante toda la etapa de integración familiar y que concluirá sólo cuando el niño o niña viaje junto a su nueva familia a su país de recepción. Paralelamente se dará inicio al proceso legal de la adopción, presentando al Tribunal de Familia correspondiente la solicitud.

La fecha de llegada del matrimonio a Chile será definida dependiendo de la evolución del proceso de preparación del niño o niña, y de la fecha que el Tribunal de Familia determine para realizar la primera audiencia del proceso de adopción internacional.

Luego de la llegada del matrimonio a nuestro país, éste deberá asistir a una primera entrevista con los profesionales del Departamento de Adopción, con el objeto de ser informados acerca del procedimiento global de adopción internacional, de las características de los niños o niñas asignados y de los desafíos a los que habitualmente los padres adoptivos se ven enfrentados en este tipo de adopciones, especialmente en la primera etapa de vida familiar adoptiva.

Con posterioridad, el matrimonio será recibido por los profesionales de la Unidad de Adopción de la Región de origen del niño o niña, momento en que se le entregará información actual sobre éste o esta, sus necesidades específicas, su avance en el proceso de preparación y reacciones al mismo, así como de las etapas y tiempos del proceso de integración familiar, legal y administrativo que vivirán  hasta concretar la adopción.encuentro con padres adoptivos

Una vez concluida la  entrevista, se realizará  el encuentro del niño o niña con el matrimonio, el cual debe realizarse de manera gradual, con la finalidad de resguardar especialmente la estabilidad del niño o niña. En esta etapa, si el Tribunal de Familia lo ha autorizado y el proceso de acercamiento entre ambos es evaluado favorablemente, el niño o niña podrá egresar del establecimiento donde se encuentra y comenzar a vivir con sus futuros padres adoptivos en Chile.

El procedimiento judicial para culminar la adopción, tendrá una duración que dependerá de cada Tribunal de Familia de la región de procedencia del niño o niña, no obstante, la mayoría de los Juzgados solicitan a lo menos dos audiencias para dictar la respectiva sentencia de adopción.

Finalmente, para concluir el proceso de adopción internacional en Chile, el matrimonio deberá realizar la tramitación civil de la nueva inscripción del niño o niña como su hijo o hija en las dependencias de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, donde además obtendrá su pasaporte chileno.

Desde el encuentro con el niño o niña y durante todo el tiempo que la familia permanece en Chile, permanentemente es acompañado por los profesionales del equipo de adopción regional y nacional, así como por el o la terapeuta que trabajó la preparación del niño o la niña en la etapa pre-adoptiva, a fin de orientarlos y apoyarlos en el proceso de vinculación e integración de su hijo o su hija.

El tiempo promedio de duración de todo el proceso adoptivo es de dos meses, los que en cierta medida, logran cumplirse gracias a las coordinaciones que tiene el SENAME con los Tribunales de Familia, el Servicio de Registro Civil e Identificación y Policía Internacional, entre otros, disminuyendo el tiempo normal de tramitación que corresponde a las distintas gestiones que en ellos se realizan.

¿Qué es una adopción?

Es un proceso legal donde se recibe un niño o niña como si fuera tu hijo biológico, ofreciéndole a al infante los beneficio de tener una familia propia. Además el padre adoptivo tiene los mismo beneficios tiene un padre biológico.  Cabe decir que el proceso se basa más que todo en la protección del niño o niña que está en condiciones de ser adoptado

Tipos de adopción

Adopción nacional

El Servicio Nacional de Menores es el órgano rector encargado de llevar un registro de postulantes nacionales declarados aptos para adoptar, asimismo como de niños y niñas declarados susceptibles de ser adoptados. Se preocupa de la acreditación, fiscalización y supervisión de organismos nacionales y de programas de adopción. Es la principal institución que se encarga de la adopción en Chile, responsable del 80% de los enlaces realizados al año.

Adopción internacionaladopcion 8

La adopción internacional en Chile es subsidiaria a la adopción nacional y se constituye en una posibilidad real de brindar una familia a aquellos niños y niñas de atención prioritaria, declarados susceptibles de ser adoptados y para los cuales no fue posible encontrar familias residentes en Chile, dispuestas y preparadas para integrarlos como sus hijos o sus hijas.

Leyes de adopción chilenas

En Chile, la adopción se encuentra regulada por la Ley N° 19.620, del 5 de agosto de 1999; por su Reglamento, contenido en el DS N 944 de 2000, del Ministerio de Justicia y por el Convenio de La Haya sobre Protección del Niño y Cooperación en Materia de Adopción Internacional de 1993, ratificado por Chile en 1999. Lo más importante de este último cuerpo normativo es que coordina oficialmente las relaciones en materia de adopción entre los países que hayan ratificado dicho convenio, con el propósito de generar adopciones seguras entre el país de origen del niño o niña y el país de recepción, que constituirá su residencia definitiva.

Adicionalmente con el espíritu de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, la Ley N° 19.620 establece en su artículo N° 1 que “la adopción tiene por objeto velar por el interés superior del adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no pueda ser proporcionado por su familia de origen”.

El principio del interés superior del niño ha sido determinante en el nuevo enfoque que rige todo el proceso de adopción, tanto los especialistas como los organismos que intervienen en dicho procedimiento, deben resguardar siempre por el bienestar del niño o niña por sobre cualquier otra consideración particular que pudieran presentar los adultos interesados en adoptar.

¿A dónde acudir si se quiere adoptar en Chile?

  • Fundación Chilena de la Adopción
    Dirección: Calle Viña del Mar 050 Providencia – Santiago – Chile
    Tel: +56 2 2665 2139
    Fonos atención mujeres en conflicto con su maternidad 2229472 / 085965279
    Web: www.fadop.cl
    Entregan niños a matrimonios que cumplan con los requisitos.
  • Fundación Mi Casa
    Dirección: Tomás Andrews nº 025 Providencia – Santiago – Chile
    Fono postulantes : + 56-02-27903800
    Web: www.fundacionmicasa.cl
    Mail: adopcion@fundacionmicasa.cl
    Entregan niños a matrimonios que cumplan con los requisitos y a personas solteras.
  • Fundación San José para la Adopción
    Dirección: Antonio de Pastrana – Vitacura – Santiago – Chile
    Tel:  (56) 2 3999614 / (056) 2 3999620 
    Web: www.fundacionsanjose.cl
    Entregan niños a matrimonios que cumplan con los requisitos.

Dirección del SENAME según regiones de Chile.

sename

  • Región Metropolitana
    Huérfanos 587, Santiago
    +56 2 2398 0515
  • I Región de Tarapacá
    Sotomayor 726, Iquique +56 57 248 1164
  • VI Región del Libertador Bernarndo O`Higgins
    Bueras 30, Rancagua
    (72) 23 74 26
  • VII Región del Maule
    Edificio Plaza Centro Nº 801, Piso 2º, Esq. 1 Oriente, 1 Norte, Talca
    +56 2 2398 0515
  • VIII Región del Bío Bío
    Barros Arana Nº 983, Concepción
    +56 41 238 0884
  • IX Región de la Araucanía
    Aldunate 555, Temuco
    (45) 21 03 73
  • X Región de Los Lagos
    Serena 115, Puerto Montt
    (65) 34 29 00
  • XI Región de Aysén
    Balmaceda 365, Coyhaique
    +56 67 221 4905
  • XII Región de Magallanes
    Calle República Nº 41, Punta Arenas
    +56 61 223 5246

¿Qué organismo se encarga de las adopciones en Chile?

El Servicio Nacional de Menores (SENAME) es un organismo gubernamental centralizado, colaborador del sistema judicial y dependiente del Ministerio de Justicia. Se encarga de la protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, y de jóvenes entre 14 y 18 años ante el sistema judicial. Además se ocupa de regular y controlar la adopción en Chile.adopcion 6

Fue creado por el Decreto de Ley N° 2.465 del 10 de enero de 1979, que constituye su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial el 16 de enero del mismo año. Un decreto supremo del 5 de diciembre de 1979 fijó la planta y el SENAME entró en funciones el 1 de enero de 1980.

Para cumplir con su labor, el Servicio cuenta con centros de atención directa y con una red de colaboradores acreditados, que postulan con proyectos a licitaciones públicas. En el caso de los centros directos, estos gastan el 37% del presupuesto institucional, mientras que la red privada hace uso del 63% de este presupuesto.

¿Por qué adoptar en Chile?

La razón por la cual adoptar en Chile es sencilla de saber porque el procesos de adopción se encarga de tanto el niño o niña, tenga a los mejores padres que van adoptarlo, haciéndole un análisis psicológico los padres para saber si los padre tiene la capacidad mental de tener a un niño bajo la responsabilidad, sin contar que la evaluación social y económica que también es importante para el infante que va ser adoptado de saber que va ha estar en buenas para tener una infancia feliz como todo niño debe tener.

Preguntas importantes

¿Cómo decirle a mi hijo que es adoptado?

  • Se aconseja decirle al niño la verdad desde que es pequeño, contándole qué paso con sus padres biológicos, para que él sepa porqué está en esa nueva familia.
  • La edad prudente para hablarle al niño de la verdad es a los seis años, algunos especialistas aseguran que a los seis años un pequeño puede comprender lo que significa adopción.
  • Pero usted se podrá preguntar ¿por qué a los seis años? la respuesta es simple, ya que a dicha edad los niños se empiezan a comparar con sus padres y por lo tanto, puede notar que es distinto a ellos.
  • Sabemos que hablar el tema de la adopción con el niño es muy difícil, pero a la vez es muy importante, pues esto tarde o temprano se sabrá, y si el hijo lo descubre solo, sentirá cierto rechazo a la familia porque no entenderá por qué le están ocultando que es adoptado.
  • La edad en que más afectado se verá una persona con esta noticia es en la etapa de la adolescencia.

¿Debe el juez oír al niño o la niña?adopcion 5
En todos los procedimientos de la adopción, tanto en los previos como en el de adopción propiamente tal, el juez debe tener en cuenta la opinión del niño o niña, en función de su edad y madurez, y si es mayor de 12 (si es niña) o de 14 (si es niño), se requerirá su consentimiento.

¿Puedo conocer al niño a la niña antes de comenzar los trámites de adopción?
No, es el juez quien decide entregar al menor de edad a una familia que ha sido propuesta por el Servicio Nacional de Menores o por algún organismo acreditado en función de las características y necesidades del niño(a).

¿Puedo solicitar adoptar un niño o a una niña con determinadas características?
Al momento de iniciar el trámite, los futuros padres pueden manifestar sus preferencias respecto de sexo, edad, estado de salud, pertenencia o no a determinada etnia, origen de la concepción (violación, incesto, padres con enfermedad psiquiátrica o deficiencia mental, drogodependientes, etc.), antecedentes que serán considerados por el SENAME o el organismo acreditado que propondrá alternativas de familia para un niño o a una niña al tribunal competente, y en definitiva será resuelto por el juez de familia.

¿Pueden adoptar como hijo los abuelos del niño?
Si, ellos deberán cumplir el requisito general, que se señala más adelante, de haber sido evaluados como idóneos y tendrán preferencia respecto de otras personas interesadas en adoptar al niño o la niña.