Amigos jubilados y pensionados, conozcan ¿Qué es el certificado de supervivencia y como realizarlo en Argentina? Es un trámite obligatorio y necesario para seguir cobrando, no lo dejen para después.
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¿Qué es?
El certificado de supervivencia es una constancia para probar que el jubilado y/o pensionado está físicamente vivo.
Tiene carácter obligatorio, y son las entidades bancarias donde se deposita el beneficio, quienes indican la frecuencia y forma para realizarlo.
Además de ser una prueba para que los bancos continúen siendo el intermediario entre el organismo de Seguridad Social ANSES y los jubilados y/o pensionados, es una manera de evitar el fraude en la recepción y uso de los recursos, tratando que estos le lleguen efectivamente al beneficiario.
¿Para qué necesito el certificado?
Este documento es necesario para que el beneficiario siga recibiendo la asignación por jubilación y/o pensión, con está fe de vida, como también se le suele llamar, garantiza al Estado que este recurso está siendo utilizado para su fin, es decir, proveer a quien lo recibe de una ayuda o apoyo económico, sin el riesgo que sea desviado para otros fines.
En resumen, la presentación de este certificado de supervivencia o fe de vida, busca evitar el fraude en la recepción y uso de los recursos financieros asignados.
¿Qué organismo lo emite?
El organismo o institución habilitada para su emisión es la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, previo cumplimiento del procedimiento correspondiente, según la situación de cada ciudadano jubilado y/o pensionado, puede hacerse de forma presencial, por internet vía online y por vía correo postal, utilizando los organismos acreditados para tales fines.
¿Cómo obtenerlo?
Sin olvidar que cada banco indica la forma y frecuencia, las personas domiciliadas en el país, tienen las siguientes opciones:
- Realizar el retiro del monto de la jubilación o pensión por ventanilla bancaria.
- Utilizar la tarjeta de débito o crédito afiliada a la cuenta bancaria donde se reciben los haberes para pagar cualquier compra realizada.
- Colocar la huella digital en cualquiera de los dispositivos electrónicos o tótems habilitados por las entidades bancarias.
- Desde una Terminal de Autoconsulta de ANSES
- Sugerimos revisar las condiciones de los bancos y cumplir el trámite oportunamente según lo que determinen, para evitar que el pago y/o cobro se vea interrumpido.
Las personas jubiladas y pensionadas con residencia fuera del país, deben contactar al consulado o embajada de Argentina, en el país donde se encuentre domiciliado, generalmente en estas sedes se ofrece realizar el trámite en tres diferentes formas: presencial, a distancia y electrónico.
Se debe realizar semestralmente, en los meses de febrero y agosto
Requisitos
El principal requisito que deben tener los jubilados, pensionados y sus apoderados, es el registro de la huella dactilar.
ANSES ofrece el sistema Mi Huella, con la finalidad de facilitar variados trámites, mediante la identidad de los ciudadanos por medio de la digitalización de las huellas dactilares.
El trámite es presencial, solicitando turno, solo con presentar en la fecha y hora asignada el Documento Nacional de Identidad.
En los casos que el jubilado y/o pensionado este domiciliado en el exterior, el trámite es realizado por medio de un apoderado, siempre y cuando el poder se haya realizado en Argentina.
Los pasos para el trámite de apoderado pueden ser consultados en Mi Huella.
Como comentamos al principio de los requisitos, si estas en Argentina, al completar el registro de la huella puedes asistir a cualquier oficina ANSES, o entidad bancaria, así como a organismos públicos donde se disponga del sistema Mi Huella y presentar la Fe de Vida o supervivencia
Se puede presentar exención a la huella, en los siguientes casos:
Por desgaste, la huella no es registrada: debe informar la situación en ANSES para que ellos realicen la verificación y registren la solicitud de exención, no requiere formulario ni informes médicos.
La huella presenta coincidencia con otros datos registrados en ANSES: la entidad bancaria será informada por ANSES sobre la situación, indicándoles que no soliciten la huella y procedan con los pagos del beneficio. Las gestiones necesarias para sincerar la información en la base de datos serán realizadas por ANSES.
Cuando el apoderado presenta problemas con sus datos y no pudiesen registrar su huella: deben solicitar turno y presentarse con su Documento Nacional de Identidad y el Formulario PS 6.4 Carta Poder completo, para solventar la situación.
Pasos a seguir

Las personas jubiladas y pensionadas con residencia fuera del país deben asistir a un Consulado argentino, para informarse sobre las formas que ofrece para solicitar el certificado de supervivencia.
De igual forma, a continuación le indicamos los pasos generales:
- Consulados Con habilitación electrónica
Existen consulados que se encargan de enviar los datos de supervivencia o Fe de vida de manera automática a la ANSES, siendo innecesario realizar ninguna otra gestión.
Estos consulados son: Listado de Consulados para acreditación electrónica
Aquellos jubilados y/o pensionados cuyo apoderado sea una entidad bancaria para realizar el cobro en el exterior, y hubiesen registrado su fe de vida en un Consulado de manera electrónica, no deben presentar la fe de vida ante la entidad bancaria.
- Consulados sin habilitación electrónica o por medio de otro ente ante autorizado en un país extranjero.
En este caso, los jubilados o pensionados deben presentar su fe de vida, de acuerdo a las siguientes condiciones:
Ha autorizado un apoderado en Argentina, le deben enviar en original el Certificado de Fe de Vida o Supervivencia al apoderado.
El apoderado, con su Documento Nacional de Identidad, presentará ante una oficina de ANSES:
- Original del Certificado de Supervivencia
- Copia legalizada de Documento Nacional de Identidad del jubilado y/o pensionado
El certificado es válido hasta sesenta (60) días después de emitido.
No tiene apoderado en Argentina, el jubilado y/o pensionado, por vía postal a una oficina de ANSES debe enviar:
- Original del Certificado de Supervivencia
- Copia legalizada de su Documento Nacional de Identidad
Una entidad bancaria es la designada como apoderada para el cobro, el banco es el responsable de presentar la fe de vida a la oficina de ANSES, sin documentos adicionales.
Los bancos que se conocen:
- Banco de la Nación Argentina – Sucursal Apoderado Exterior (011-065).
- Banco de la Ciudad de Buenos Aires – Apoderado Pagos al Exterior (029-099).
- Banco Patagonia S.A. – Casa Central Apoderado Exterior (034-059).
- Banco Credicop Coop. Ltdo. – Sucursal 099 Comercio Exterior (191-032).
- Banco Itau Argentina S.A. – Apoderado en el Exterior (259-050).
- Banco Comafi – Casa Central Apoderado Exterior (299-001).
- Banco Piano S.A. – Suc. Casa Central Apod. Exterior (301-006).
En los casos que el Certificado de Fe de Vida o Supervivencia, hubiese sido expedido por una autoridad de un país extranjero, es posible que se deba cumplir con la legalización por un consulado argentino y/o apostillado en los países que estén afiliados a la Convención de la Haya (Ley N° 23.458).
También hay que tener presente, que los certificados emitidos en otro idioma que no es el español, debe tener la correspondiente traducción, a menos que si su redacción fue en un formulario o planilla con instrucciones en español, no amerite la traducción.
Los países: Bélgica, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Perú, Portugal, Paraguay y Uruguay, no requieren ni traducción ni legalización diplomática o consular de los Certificados de Supervivencia, debido a que la República Argentina mantiene Convenios de Seguridad Social con ellos
¿Dónde realizarlo?
Reconfirmando, la entidad bancaria donde se deposita el beneficio es el autorizado para indicar dónde y cómo realizar la Certificación, sin embargo:
Si el domicilio del pensionado y/o jubilado está en Argentina, puede realizarla por medio de:
- Ventanilla bancaria.
- Cualquier compra realizada, utilizando la tarjeta de débito y crédito
- En los dispositivos electrónicos o tótems habilitados por las entidades bancarias.
- En los Terminales de Autoconsulta de ANSES
Si el domicilio del pensionado y/o jubilado esta fuera de la Argentina, se debe contactar al Consulado para consultar las modalidades que cada uno ofrece.
Costo
Los trámites para obtener el certificado de supervivencia dentro del territorio argentino, no tienen costo.
Con la salvedad, que si hubiese trámites indirectos, como por ejemplo legalizar, apostillar o traducir, se cancelarán los aranceles correspondientes según el país donde se encuentre domiciliado.
Basamento legal 
La obligatoriedad de las entidades bancarias para solicitar la presentación del Certificado de Fe de Vida o Supervivencia a los jubilados y/o pensionados, tiene como base legal la Resolución 648 de ANSES.
Donde se hace referencia al Régimen Integrado para el Pago de Prestaciones de la Seguridad Social aprobado el 30 de Diciembre de 2013, creado con la intención de facilitar los mecanismos de pago y fe de vida de los jubilados y/o pensionados, así como a sus apoderados.
Esta Resolución 648, insta a las entidades bancarias, intermediarias en el proceso de pago, a incorporar “Soluciones de Control biométrico”, en todas sus oficinas y centros de pago, habilitando los cajeros automáticos y otros instrumentos electrónicos con las especificaciones técnicas que la ANSES definió para garantizar la compatibilidad de los sistemas.
Cabe recordar que es a partir del año 2008, que entra en vigencia la Ley 26.425, cuando se crea el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) eliminando el régimen de capitalización.
Conociendo ¿Qué es el certificado de supervivencia y como realizarlo en Argentina? y la importancia de presentar el certificado de Supervivencia o Fe de Vida a tiempo, evitará malos ratos y contratiempos para recibir el beneficio del pago correspondiente.